Dentro de la
información que nos brindaron fue el recordarnos que tenemos este mes de enero
para realizar la transición del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) al
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), desconocen si habrá una una
prorroga debido a que quedan pocos días para que el mes de enero termine,
porque de no hacerlo pasarán en automático a Actividad Empresarial con sus
respectivas obligaciones haciendo una contabilidad más compleja y cara, como
MONACOSO les solicitamos que a través de ellos le manifiesten a sus superiores
para que la información que trae la página del SAT sea realizada en un lenguaje
más coloquial y menos técnico porque las personas que no están relacionadas con
la página del SAT se ven impedidos para realizar algún movimiento o alguna
factura. Finalmente se comprometieron a llevar a sus jefes nuestras inquietudes
y nos comentaron que iban a buscar que especialistas del SAT en los temas de
facturas, correo electrónico y firma electrónica. Para que próximamente estos
especialistas asistan a nuestras reuniones para explicarnos más detalladamente
estos nuevos cambios. AVL…
MOVIMIENTO NACIONAL DEL CONTRIBUYENTE SOCIAL 17 DE MARZO A. C.
Nuestra organización se avoca a la defensa, apoyo, representación, etcétera de cualquier índole, de los Mercados Públicos, los comerciantes de Mercados Públicos y comerciantes en general, además de apoyar y asesorar a cualquier persona, grupo u organismo que lo solicite.
jueves, 16 de enero de 2025
El SAT presente en la reunión del Movimiento 17 de Marzo
lunes, 30 de diciembre de 2024
SAT da prórroga para habilitar Buzón Tributario
Servicio de Administración
Tributaria | 30 de diciembre de 2024 | Comunicado
El Servicio de Administración
Tributaria (SAT) informa a los contribuyentes que tienen hasta el 31 de
diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario; incumplir con esta
obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción.
Desde 2020, habilitar el Buzón
Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un
requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con excepción de:
- Personas físicas y morales que se encuentren ante
el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin
actividad económica.
- Los contribuyentes asalariados y asimilados a
salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior
menores a 400 mil pesos.
El Buzón Tributario es un canal
de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos
administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Entre los beneficios se encuentran:
- Portal privado y personalizado.
- Notificación vía electrónica en cualquier momento y
lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
- Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento
de información o resolución derivado de trámites realizados.
- Recibir información sobre beneficios y facilidades
fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
- Proporcionar información útil para el cumplimiento
de las obligaciones y trámites fiscales.
- Reducir tiempos y recursos.
- Certeza jurídica a los actos y resoluciones
emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
Para habilitar el Buzón
Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón
Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de
Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra
un correo electrónico y un teléfono celular.
Dentro de las 72 horas siguientes
es importante confirmar los medios de contacto. Para ello, se enviará un correo
electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que dar clic para
verificar el correo; y para el número celular se envía un mensaje SMS con un
código, el cual se debe capturar en la opción Configuración del Buzón
Tributario.
Para consultar dudas, habilitarlo
por primera vez, actualizar los medios de contacto y conocer más información,
se puede visitar el minisitio aquí: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html
jueves, 28 de noviembre de 2024
SI ERES RIF, PREPARATE PARA SER RESICO EN EL 2025
Para cambiar del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), los contribuyentes pueden seguir estos pasos: ingresar a la página del SAT, seleccionar la opción "Personas", y dentro del apartado "Actualización", acceder a "Trámites del RFC"1. También es necesario inscribir el RFC, generar la firma electrónica, activar el buzón tributario, expedir facturas válidas ante el SAT, generar la línea de captura y realizar el pago correspondiente2. El plazo para realizar este cambio es hasta el 31 de enero...
jueves, 14 de noviembre de 2024
Lista completa de todos los impuestos que subirán en 2025
En el 2025 habrá aumentos en diferentes productos y servicios, por lo que los impuestos también estarán incluidos en la lista. Te contamos cuáles subirán.
Actualizado el 13 noviembre 2024
Como cada año, los costos
de las multas y los impuestos subirán en todo México. El
2025 no será la excepción y ya se prevé un ajuste al valor de la Unidad de
Medida y Actualización (UMA) para determinar el nuevo precio.
El Instituto Nacional de
Estadística y Geografía (INEGI) se encarga de dar a conocer la
actualización del valor de la UMA , el cual entra en vigor a
partir del 1 de febrero. Primero es importante conocer qué es y cómo se
calcula.
Qué es la UMA y cómo se
calcula para los impuestos
El INEGI señala
que la UMA es la referencia económica en pesos para determinar la
cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las
leyes federales. Es decir, es el parámetro que se utiliza para medir
las multas, los impuestos, los trámites de gobierno, los créditos y las
prestaciones.
En el 2024, la UMA tuvo un valor
diario de $108.57 pesos, mensual de $3,300.53 pesos y anual de $39,606.36
pesos. Para el 2025, su valor se ajustará de acuerdo a la inflación,
por lo que podría incrementar entre un 3% y un 5%. Por ejemplo, del 2023 al
2024 incrementó en un 4.66%.
Impuestos que subirán en 2025
Los impuestos son aportaciones obligatorias que
hacen las personas al Estado. Hay diferentes tipos de impuestos en
México, pero se dividen en dos grandes grupos, directos e indirectos.
Los impuestos directos serán
aquellos en los que podremos observar el incremento para el próximo año de
acuerdo con el valor de la UMA . Se cobran a personas físicas y a las empresas.
- Impuesto sobre la renta (ISR)
- Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
- Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)
- Impuesto por Tenencia Vehicular
- Impuesto Predial
- Impuesto Sobre la Adquisición de Inmuebles y
Transmisión de Dominio
Multas que aumentarán en
2025
Al igual que los impuestos, las multas se miden con la UMA.
Cuando esta aumente en febrero de 2025, todas las demás multas lo harán. Una de
las más comunes es la del Hoy No Circula, así como
cualquier otra por incumplir con el reglamento
de tránsito.
¿Qué pasa si no pagas
impuestos?
El Servicio de Administración Tributaria ( SAT )
establece que el incumplimiento en el pago de impuestos
puede ser sancionado con multas económicas, congelación de cuenta bancaria y
suspensión temporal para generar facturas y cobrar ingresos.
La evasión de algunos tipos de impuestos incluso es considerado
como un delito penal, por lo que de no cumplir con ellos incluso
se podría terminar en la cárcel.
sábado, 9 de noviembre de 2024
EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 FINALIZA EL CICLO DEL RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF)
A partir del uno de enero del 2025 los RIF tendrán que migrar al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y empezar a declarar cada mes.
El RESICO fue implementado el 1 de enero de 2022, reemplazando
al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para personas físicas. Este régimen
ofrece múltiples ventajas, incluyendo el cálculo automático de
impuestos, facilidades administrativas, declaraciones programadas
y tasas reducidas del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin
embargo, antes de que finalice el año, se introducirán las siguientes reformas:
- Eliminación
de la Declaración Anual 2024: Los contribuyentes ya no tendrán
que presentar esta declaración.
- Presentación
de declaraciones mensuales: Solo será necesario presentar las
declaraciones mensuales.
- Inclusión
de nuevos contribuyentes: Las personas que son socios o
accionistas de uniones de crédito podrán tributar en el RESICO.
- Sociedades
cooperativas: Aquellos que pertenezcan a sociedades cooperativas
de producción dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades
silvícolas también podrán tributar en este régimen.
stas reformas se incluirán en la Resolución Miscelánea
Fiscal 2025 y se ajustarán en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
lunes, 28 de octubre de 2024
Reportan falla en SAT: registra revocación masiva de e.firma
De acuerdo con contadores y
fiscalistas es factible que haya problemas para presentar declaraciones y
avisos, así como emitir y cancelar facturas, entre otros procesos.
Lunes 28 Oct 2024, Agencia Reforma
Ciudad de México.- El
sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) registra aparentes
fallas este lunes al arrojar una revocación masiva de firmas electrónicas de
personas físicas y morales en todo México, sin que la autoridad fiscal haya
emitido un comunicado oficial hasta ahora.
De acuerdo con contadores y
fiscalistas, en tanto no se corrija esta falla, es factible que haya problemas
para presentar declaraciones y avisos, así como emitir y cancelar facturas,
entre otros procesos.
Entre las afectaciones
registradas durante las primeras horas de la mañana se reporta la imposibilidad
de facturar con Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
En todos los casos, la revocación
de la e.firma aparece con fecha del 23 de octubre pasado a las 12:00 horas.
Especialistas recordaron que para
la revocación de la e.firma se requiere acudir físicamente al SAT, a diferencia
de la renovación, que sí se hace en línea.
Ante ello, recomendaron esperar
una actualización del sistema del SAT para resolver las fallas y no generar
pánico de llamar a solicitar citas para tener una nueva e.firma.
Reportan
falla en SAT: registra revocación masiva de e.firma
lunes, 7 de octubre de 2024
Anuncia el SAT nuevas facilidades para el Resico
Servicio de Administración
Tributaria | 03 de octubre de 2024 | Comunicado
A partir de octubre, el Servicio
de Administración Tributaria (SAT) simplifica los trámites de RFC y firma
electrónica (e.firma), además otorga facilidades a los contribuyentes que
tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y agiliza la obtención
de la Constancia de Situación Fiscal.
Trámites del RFC y e.firma
En el trámite de inscripción en
el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente
realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.
Para la inscripción en el RFC y
e.firma de personas físicas, solo se requiere presentar la credencial para
votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, toda vez
que ya no es necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.
ara la renovación de la e.firma
de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el
trámite por los canales remotos y, en caso de hacerlo en oficinas del SAT,
únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella
digital.
Constancia de Situación Fiscal
Se puede obtener en las oficinas
del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier
lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.
Se habilita la Cédula de datos
fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de
manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, la cual
se puede consultar en:
https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/
Régimen Simplificado de
Confianza (RESICO)
Los contribuyentes que tributan
en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que
presentar pagos mensuales.
Los contribuyentes dedicados a la
agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o
accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.
Las personas físicas que salieron
del RESICO pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien,
un aviso de actualización de actividades ante el SAT.
Con estas acciones el SAT
refrenda su compromiso para agilizar los trámites y dar la mejor atención al
contribuyente de manera presencial y remota.
¡Contribuimos al bienestar de
México!
SAT
simplifica trámites y brinda facilidades a los contribuyentes
(https_www.gob.mx)