miércoles, 18 de diciembre de 2019

Aclara SAT mitos sobre Factura Instantánea


En el tema de la Factura Instantánea, el SAT informa en su cuenta de Twitter las dudas de los contribuyentes
 
Sinaloa.- El Servicio de Administración Tributaria continúa este miércoles con el tema de la Factura Instantánea y en su cuenta de Twitter aclara los mitos que hay al respecto.
Mito. Con la factura instantánea te van a fiscalizar los gastos que hagas con tu tarjeta de bancaria y comprobar si existen diferencias entre tus ingresos y tus gastos.
También circula que este tipo de facturación será obligatoria, lo cual es falso, dice el SAT.
Realidad. La factura instantánea es una medida de facilitación. Actualmente, en la factura ya se especifica si pagaste con tarjeta, transferencia, cheque y efectivo. Por otro lado esta Factura Instantánea solo podrá ser solicitada por el usuario.
Además el SAT anuncia que pronto se podrá asociar el RFC con la tarjeta del banco y obtener la factura en segundos, pero esta modalidad solo será si el tarjetahabiente lo autoriza.

miércoles, 4 de diciembre de 2019

miércoles, 20 de noviembre de 2019

El Movimiento 17 de Marzo en reunión con la Subsecretaría de Ingresos del Gobierno del EDOMEX




Toluca, Estado de México, 20 de noviembre de 2019.- El Movimiento Nacional DEL Contribuyente Social 17 de Marzo A.C. (MONACOSO) sostuvo el día de hoy una reunión de trabajo en las instalaciones de la Subsecretaría de Ingresos del Gobierno del Estado de México, que presidió el Director General de Recaudación, Roberto Alejandro Guzmán Cariño, acompañado por el Director de Administración Tributaria, David Neal Pazos Carrillo y el Subdirector de Padrones, Ivan Arístides Monje González; estando presente también el equipo de trabajo del Lic. Fernando Caballero Betanzos, Administrador Central de Promoción a la Formalidad del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Entre los temas que se trataron fueron las Cartas Invitación para cumplir con sus obligaciones fiscales que está enviando a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) la Secretaría de Finanzas del Edomex a pesar de que ya fueron cumplidas. La incorporación del programa SÚMATE que ya arrancó en diversos municipios del Estado de México para que regularicen su situación fiscal, sin embargo, no va a dar buenos frutos sino se capacita debidamente al personal que lo lleva a cabo para que sean más considerados con los compañeros que no manejan equipos de cómputo o celulares con tecnología avanzada, tomando en cuenta que en los Mercados Públicos los negocios son familiares y que mayormente las personas que los atienden son hermanos, papás, hijos o parientes diversos que unidos hacen crecer los negocios pero no siempre perciben un sueldo como trabajadores, para que no los vayan a considerar como sujetos de nomina.
Se le solicitó a esta dependencia coordinar los trabajos y visitas que realicen a los contribuyentes de los Mercados Públicos con sus dirigentes para evitar caer en un terrorismo fiscal, así también que fueran parejos exigiendo su incorporación a la formalidad a los señores de los tianguis y comercio informal para que no sólo se le exija su cumplimiento a los cautivos. AVL

sábado, 2 de noviembre de 2019

La muerte y Hacienda... ¡Ni muerto te libras del SAT!


DINERO 2 Nov 2018
El fallecimiento de un contribuyente no implica el fin de sus obligaciones fiscales
La relación con el fisco no es como en el matrimonio: “Hasta que la muerte nos separe”.

A pesar de que se termina la vida activa de un contribuyente con la muerte y se avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para eliminar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), sus obligaciones fiscales ahí no terminan.

No dar de baja al ser querido ante el SAT que ya descansa en paz puede traer muchos problemas a los que nos quedamos al gozo.

En lo que va del presente sexenio, el SAT tiene casi 3 mil avisos por defunción, de un universo de 70.5 millones de contribuyentes activos que están vivitos y coleando.

Datos del brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito público (SHCP), proporcionados a EL UNIVERSAL, indican que de diciembre de 2012 a octubre de 2018 se habían registrado 282 mil 433 avisos por defunción en el padrón del RFC.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) destaca la importancia de hacer este trámite, que afirma, es fácil y sencillo.
Y advierte: el no hacerlo puede convertirte en uno de los protagonistas de sus 101 historias de terror que viven los contribuyentes.

Universo de vivos. El universo de contribuyentes activos registrados es de 70 millones 540 mil 892 causantes, según el Informe de las Finanzas y la Deuda Pública al tercer trimestre de 2018. De esa cifra, 2 millones 31 mil 962 son empresas.

La ómbudsman fiscal, Diana Bernal, señala que las obligaciones fiscales se acaban con el contribuyente fallecido, pero no con relación al patrimonio del muerto, porque si tenía una deuda fiscal, el heredero la enfrentará.
La Prodecon ha identificado que una de las principales problemáticas que se han presentado en el caso del fallecimiento de un contribuyente es que los familiares desconocen la situación fiscal del mismo.
Un caso que le tocó atender fue el de la hermana de un contribuyente, que al fallecer buscando el acta de nacimiento, encontró su cédula de identificación fiscal, así como el aviso de modificación a la actividad empresarial y profesional.
En virtud de que su hermano no dejó herederos, salvo a ella, era la que debía poner al corriente su situación fiscal y cancelar el RFC.
Sin embargo, no sabía si había expedido facturas como empresario o si tributaba por honorarios.
En estos casos, Prodecon puede investigar para concluir adecuadamente la relación tributaria del contribuyente que perdió la vida.

miércoles, 23 de octubre de 2019

Condonación del pago de los derechos, previstos en el artículo 264 del Código Fiscal de la CdMx, referentes a mercados públicos


RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL MEDIANTE LA CUAL SE CONDONA TOTALMENTE EL PAGO DE LOS DERECHOS QUE SE INDICAN, PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 264 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REFERENTES A MERCADOS PÚBLICOS
PRIMERO.- La presente Resolución tiene por objeto condonar a los locatarios de mercados públicos de la Ciudad de México, el 100% del pago de los Derechos previstos en el artículo 264 del Código Fiscal de la Ciudad de México, así como su actualización y los accesorios, correspondientes a los ejercicios fiscales anteriores a 2018.
SEGUNDO.- Para obtener la condonación a que se refiere la presente Resolución, los contribuyentes deberán presentar ante la Administración Tributaria correspondiente de acuerdo a la ubicación de los mercados públicos, a más tardar el 31 de diciembre de 2019, lo siguiente:
I.                    Identificación oficial con fotografía vigente: Credencial para votar, o pasaporte, o cédula profesional; tratándose de extranjeros el documento migratorio FM2 que corresponda, emitido por autoridad competente; II. Cédula de empadronamiento, o en su defecto, la resolución administrativa de asignación de local en mercado público; III. Formato de pago correspondiente a nombre del beneficiario (boleta), acompañado de su respectivo comprobante de pago de Derechos previstos en el artículo 264 del Código Fiscal de la Ciudad de México, por el uso y utilización de los locales correspondiente a los ejercicios fiscales 2018 y 2019, y IV. Constancia de situación fiscal. Con relación al requisito previsto en la fracción IV del presente numeral, aquellos contribuyentes que no cuenten con el mismo, podrán acudir a los módulos instalados en las oficinas de Administración Tributaria o Centros de Servicio de la Tesorería, habilitados para tal fin, a efecto de que obtengan la orientación correspondiente y la constancia antes citada.
II.                  TERCERO.- Quienes se acojan a los beneficios establecidos en la presente Resolución y que proporcionen documentación o información falsa o la omitan, directamente o a través de un tercero con el propósito de gozar indebidamente de la condonación, perderán los beneficios que les hubieren otorgado, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales a que haya lugar.
III.                CUARTO.- Cuando se haya controvertido por medio de algún recurso administrativo o ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México o ante el Poder Judicial de la Federación, la procedencia del cobro de los créditos fiscales correspondientes, los interesados para obtener los beneficios a que se refiere la presente Resolución, deberán desistirse de los medios de defensa que hayan interpuesto y para acreditar lo anterior, deberán presentar ante la autoridad fiscal encargada de aplicar la presente Resolución, copia certificada del escrito de desistimiento y del acuerdo recaído al mismo, en el que conste el desistimiento de la acción intentada. Asimismo, no procederán dichos beneficios cuando los interesados cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal a que hace referencia el Título Cuarto, del Libro Cuarto, del Código Fiscal de la Ciudad de México. QUINTO.- Conforme a lo establecido por el artículo 297 del Código Fiscal de la Ciudad de México, no procederá la acumulación de los beneficios fiscales establecidos en esta Resolución con cualquier otro beneficio de los indicados en el Código Fiscal mencionado, respecto de un mismo concepto y ejercicio fiscal.
IV.                SEXTO.- Los beneficios que se confieren en la presente Resolución no otorgan a los interesados el derecho a devolución o compensación alguna. SÉPTIMO.- La Tesorería de la Ciudad de México instrumentará lo necesario para el debido cumplimiento de la presente Resolución.
V.                  OCTAVO.- La interpretación de esta Resolución para efectos fiscales corresponderá a la Secretaría de Administración y Finanzas.
VI.                T R A N S I T O R I O S
VII.              PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
VIII.            SEGUNDO.- Los beneficios que otorga la presente Resolución surtirán efectos a partir del día siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2019. Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2019.-
IX.                LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR.- FIRMA.

sábado, 5 de octubre de 2019

SAT ´cazará´ con el CoDi a tienditas y a sus clientes

OCTUBRE 04, 2019 / JOSÉ PERALES / MONTERREY
Las personas que se nieguen a usar el CoDi alertarán de una probable evasión fiscal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá una herramienta adicional con la implementación del denominado Cobro Digital (CoDi) para que paguen impuestos las "tienditas", pequeños comercios y sus clientes, según Abimael Zavala, miembro del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados y socio director del despacho Zavala Abogados.
Pues para acceder al CoDi es necesario tener una cuenta bancaria, por lo cual todos los pagos que el dueño de un comercio reciba a través de este método serán registrados por las instituciones financieras, lo que provocará que tendrá que reportarlos a las autoridades para su fiscalización, cosa que no era posible con el uso del efectivo.
Cabe recordar que en el marco de la presentación del Paquete Económico 2020, Arturo Herrera, titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), destacó que las personas que se nieguen a usar el CoDi levantarán alertas de que están queriendo hacer evasión fiscal.
"Ahora va a haber una alternativa al efectivo, el Banco de México ha venido insistiendo en el CoDi, el cual va a permitir pagar de un teléfono móvil a otro o hacer un pago de un teléfono móvil a un código en un estanquillo al comprar el periódico o al comprar la leche, etcétera", dijo Herrera.
El directivo del despacho Zavala Abogados reconoció que el CoDi tendrá el beneficio de bancarizar a gran parte de la población en México.
"Lo que pretenden a través de esta plataforma es generar un medio de fiscalización, porque ahí todo lo que hagas, pagos o lo que recibas por una venta, va a quedar totalmente registrado en el estado de tu cuenta bancaria, sí estás recibiendo ingresos de los cuales no pagues tus impuestos", dijo.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), señala que el 53% de los mexicanos no tienen una cuenta bancaria, quienes no podrían usar el CoDi, además de que en 650 municipios no hay un cajero o una sucursal bancaria, lo que impedirá que personas usen el CoDi.

jueves, 12 de septiembre de 2019

El SAT y organismos empresariales firman convenio para combatir la economía informal


El Servicio de Administración Tributaria (SAT), firmó un convenio de colaboración con organismos empresariales y juntos suscribieron un decálogo para ser un buen mexicano en materia fiscal, con la finalidad de fomentar la formalidad como eje rector del desarrollo económico, así como lograr un entorno de confianza basado en el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales y de comercio exterior.
Entre las acciones derivadas de este convenio se encuentran la identificación de patrones de riesgo que fomentan la economía informal, análisis de casos particulares para la posible presentación de denuncias ante las instancias correspondientes, análisis de propuestas de acciones de fiscalización o vigilancia para verificar operaciones de alto riesgo, así como el fortalecimiento de los programas de prevención y resolución de problemas del contribuyente.
Asimismo, se tiene considerada la apertura de espacios o módulos de atención en instalaciones de cada organismo participante, además de coordinar actividades de comunicación y difusión de información de carácter fiscal, establecer medidas de control aduanero y comprobación del cumplimiento de regulaciones y restricciones en operaciones de importación y exportación, entre otras actividades.
Durante la firma del Convenio, Margarita Ríos-Farjat, Jefa del Servicio de Administración Tributaria, señaló que mientras exista una gran cantidad de personas que deseé mantenerse al margen y maximizar sus beneficios económicos, en un franco soslayo a la solidaridad social, tiene que haber una fiscalización profunda en beneficio, precisamente, de los ordenados, de los cumplidos, porque ellos, los cumplidos, no pueden de ninguna forma financiar, patrocinar, pagar la vida, pagar la factura, literalmente hablando, a aquellos que se quieren poner al margen.
Además, destacó que el decálogo del Buen Mexicano en Materia Fiscal sirve para: “recordar que un buen mexicano comienza siendo cumplido, y ahora que es septiembre, un mes que no se puede dejar pasar por alto, justo antes de poder festejar a la Patria como se debe, de recordarla como se debe, es importante retomar sus valores por una razón: ser mexicano es ser decente”.
Carlos Salazar Lomelín, Presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) expresó: “Nosotros estamos con ustedes, Margarita. La falta de productividad, de eficiencia y la poca capacidad de crecimiento de nuestro país está anclada en la informalidad. Seis de cada 10 mexicanos viven en la informalidad.
Agregó que se va a trabajar paso a paso para simplificar, facilitar y ayudar a todos aquellos que se encuentran en la informalidad, para que vean los beneficios que esto podría tener en el desarrollo y en la construcción de nuestro país.
Con este convenio, vamos a combatir de frente, convencidos, unidos y alineados, un problema que realmente transformará a nuestro país.
Francisco Cervantes Díaz, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN), señaló que se debe trabajar en conjunto en el fomento de las inversiones productivas en todo el país y, de la misma forma, trabajar en el Fortalecimiento Productivo de Nuestro Mercado Interno: invertir en lo Hecho en México para crear empleo y empresas que tengan un impacto positivo sobre el bienestar de la población.
"Como empresarios debemos elevar el contenido nacional de las compras de gobierno, aumentar el grado de integración nacional y fortalecer los encadenamientos productivos de las empresas para lograr una visión de desarrollo incluyente" reiteró Francisco Cervantes Díaz, presidente de CONCAMIN.
Mientras que José Manuel López, Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicio y Turismo (CONCANACO Servitur) subrayó la necesidad implementar una estrategia efectiva para reducir las actividades informales, porque representan un cáncer para la economía de México.
La economía informal genera 60 por ciento de los empleos del país y representa casi 23 por ciento del Producto Interno Bruto, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), proporción que frena la inversión productiva, afecta a las empresas establecidas y propicia una importante evasión de impuestos, informó.
Agregó que de cada 100 pesos del PIB del país, 77 pesos lo generan 43 por ciento de las personas ocupadas formalmente, mientras que 23 pesos provienen del 60 por ciento de los empleados informales, de acuerdo con el INEGI.
El Convenio también fue suscrito por la COPARMEX, ABM, CMN, CNA, AMIS, CAINTRA Nuevo León, CANACO CDMX, CANACINTRA, AMIB, COMCE, ANTAD, AMIA, ANPRAC, CAAAREM, INDEX y ANIERM. 
Con estas acciones, el Gobierno de México refrenda su compromiso por construir un pacto social en pro de un México más competitivo, igualitario y justo.