lunes, 30 de marzo de 2026

SAT confirma el monto máximo para recibir transferencias SIN DECLARAR


 El Servicio de Administración Tributaria vigila la transparencia y consistencia de la información financiera de cada contribuyente

Por: Sergio Alejandro Velázquez 28 de marzo de 2026

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sido enfático: no hay una cantidad específica que funcione como tope para recibir transferencias bancarias sin declarar. A diferencia de lo que muchos contribuyentes creen, las operaciones electrónicas —como las realizadas mediante SPEI— no generan automáticamente una obligación fiscal por el simple hecho del monto recibido. Esto se debe a que son transacciones rastreables entre cuentas que ya forman parte del sistema financiero supervisado.

Sin embargo, este criterio no implica que todo ingreso esté exento de revisión. La autoridad pone el foco en la procedencia del dinero y en que exista una justificación válida y comprobable.

La clave está en la congruencia fiscal

Más allá de una cifra límite, el SAT analiza la coherencia entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios. Si una persona reporta percepciones bajas, pero recibe depósitos o transferencias por cantidades considerablemente mayores, puede generarse una discrepancia fiscal. En estos casos, el contribuyente deberá demostrar el origen de los recursos mediante փաստuras, contratos, estados de cuenta u otros documentos.

La ausencia de respaldo puede derivar en auditorías o en la determinación de impuestos omitidos, lo que representa un riesgo financiero importante.

Depósitos en efectivo: el verdadero foco de alerta

A diferencia de las transferencias electrónicas, los depósitos en efectivo sí tienen un umbral específico. Cuando el monto acumulado mensual supera los 15,000 pesos, las instituciones bancarias están obligadas a reportarlo al SAT. Este aviso no implica una sanción inmediata, pero sí puede detonar revisiones para verificar la legalidad del dinero.

Otro aspecto relevante es la obligación de reportar ciertos ingresos, incluso cuando no generan impuestos. Donativos, préstamos o premios que en conjunto excedan los 600,000 pesos anuales deben incluirse en la declaración anual. Omitir esta información puede invalidar beneficios fiscales y provocar créditos fiscales innecesarios.

Para evitar conflictos con la autoridad, especialistas recomiendan utilizar conceptos claros en las transferencias, evitar descripciones ambiguas y conservar todos los comprobantes que respalden los movimientos. En síntesis, más que un límite máximo, el SAT vigila la transparencia y consistencia de la información financiera de cada contribuyente.

SAT confirma el monto máximo para recibir transferencias SIN DECLARAR


domingo, 22 de marzo de 2026

XXII Aniversario del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo AC

Ciudad de México, 17 de marzo de 2026.- Que si ha sido difícil llegar a este 22 Aniversario? Pues si.

Iniciamos en el año 2004 con un cobro indebido de IVA al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), no era posible que a través del Artículo 2-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se pretendiera que los REPECOS declarara este IVA que es un impuesto no directo que se traslada de acuerdo al cobro del mismo contra las compras efectuadas, solo que los REPECOS ni vendían con factura, ni compraban con factura. Como era una afectación a los REPECOS de todo el país provocó que se encendieran las alarmas y líderes de comerciantes en pequeño y Mercados Públicos de 26 Estados de la República, se hicieran presentes el 17 de marzo de 2004 al inicio de las sesiones de la Cámara de Diputados para protestar lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2003 indicando a través del Artículo 2-C de la LIVA el cobre indebido de un IVA a los REPECOS.

El 19 de marzo en el comedor del recinto de la C{amara de Diputados en San Lázaro, se acordó llamar a la agrupación reunida Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo, entre los presentes de las primeras reuniones se considera como iniciadores a los compañeros: María Candelaria Gonzales Cajum por Campeche; Merced Aguilar Trejo (♱) por Querétaro; Amado López* (♱) por Morelos; Eduardo Escalona (♱) por Puebla; José Luis Guzmán por Guanajuato; Gerardo Vargas (♱) por EDOMEX; Pedro Serrano (♱) por EDOMEX, Magdalena Alaniz por EDOMEX; Vicente Ruiz Vázquez por EDOMEX; Adalberto Gallegos Vivanco por EDOMEX; Francisco Maciel Cano por EDOMEX; Miguel Rodríguez Tello por EDOMEX; Carlos Villalba (♱) por el Distrito Federal; Edgar Álvarez por el Distrito Federal; Juan José Mendoza por el Distrito Federal; José García (♱) por el Distrito Federal; Miguel Ángel Nacar (♱) por el Distrito Federal y Alberto Vargas Lucio por el Distrito Federal entre otros.

Y aquí seguimos los que quedamos y los que se agreguen para continuar luchando por las causas de los comerciantes en pequeño y obviamente por los Mercados Públicos. (AVL)…

jueves, 29 de enero de 2026

El SAT ataca por sorpresa: pueden revisar a cualquiera en cualquier momento y solicitar facturas, contratos, registros contables y otros documentos

La aclaración difundida por PRODECON recordó que estas inspecciones no son excepcionales ni están limitadas a grandes empresas, por lo que personas físicas y morales deben conocer qué información puede exigir la autoridad y cómo prepararse ante una revisión.

Actualizado el 29 de Enero de 2026

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que puede revisar a cualquier contribuyente en cualquier momento, como parte de sus facultades de fiscalización. Estas revisiones le permiten solicitar facturas, contratos, registros contables y otros documentos para comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

La aclaración fue difundida por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), que recordó que estas inspecciones no son excepcionales ni están limitadas a grandes empresas, por lo que personas físicas y morales deben conocer qué información puede exigir la autoridad y cómo prepararse ante una revisión.

Revisión del SAT: cuándo puede fiscalizar a un contribuyente y por qué

El organismo tributario tiene la facultad de revisar el cumplimiento de obligaciones fiscales en cualquier momento, sin necesidad de una notificación previa extensa. Estas atribuciones están previstas en el Código Fiscal de la Federación.

De acuerdo con la PRODECON, las revisiones pueden realizarse para verificar que los ingresos, deducciones y operaciones reportadas coincidan con la actividad real del contribuyente. No se trata solo de detectar evasión, sino de comprobar que la información presentada sea correcta.

Estas facultades aplican tanto para personas físicas como para empresas, sin importar el tamaño del negocio o el régimen fiscal en el que tributen.

Qué documentos puede pedir el SAT en una revisión fiscal

Durante una revisión, el SAT puede solicitar distintos documentos para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, entre ellos:

  • Facturas electrónicas (CFDI) que respalden ingresos y deducciones
  • Contratos vinculados a las operaciones declaradas
  • Registros contables y pólizas contables
  • Estados de cuenta bancarios
  • Inventarios y registros de pagos
  • Documentación que acredite la materialidad de las operaciones

El SAT ataca por sorpresa: pueden revisar a cualquiera en cualquier momento y solicitar facturas, contratos, registros contables y otros documentos

miércoles, 7 de enero de 2026

Transferencias electrónicas bajo la lupa del SAT: cuándo hay multas y cuándo no

No se trata de un nuevo impuesto ni de una sanción automática, sino de un mayor control para detectar ingresos no declarados

Por Lorna Huitrón 06 Ene, 2026

Las transferencias electrónicas se han convertido en una herramienta esencial para la vida cotidiana y los negocios en México. Sin embargo, el inicio de 2026 marcó un punto de inflexión en la supervisión de estos movimientos, luego de que el Servicio de Administración Tributaria reforzara la vigilancia sobre los depósitos bancarios con el objetivo de combatir la evasión fiscal y el uso irregular del sistema financiero.

Mayor fiscalización, no un nuevo impuesto

Contrario a lo que ha circulado en redes sociales, el SAT no cobra impuestos ni multas por el simple hecho de realizar transferencias electrónicas. La autoridad fiscal aclaró que las sanciones solo aplican cuando el dinero recibido no puede justificarse o no ha sido declarado conforme a la ley.

El endurecimiento de la supervisión ocurre en paralelo con nuevas medidas de seguridad bancaria, como el Monto Transaccional del Usuario (MTU), un candado digital implementado por las instituciones financieras para prevenir fraudes.

Este mecanismo, recomendado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, fija límites a las transferencias y solicita validaciones adicionales cuando se superan ciertos montos. Aunque el MTU no genera multas fiscales, sí facilita el rastreo de operaciones inusuales.

Transferencias electrónicas bajo la lupa del SAT: cuándo hay multas y cuándo no - Infobae

 

viernes, 19 de diciembre de 2025

SSC alerta sobre fraude telefónico donde estafadores se hacen pasar por funcionarios del SAT

La Unidad de Policía Cibernética identificó este esquema como “phishing telefónico” o “vishing”, práctica que se apoya en el uso de lenguaje técnico y formal para generar confianza o presión en las víctimas.

Por Ximena Arochi viernes, 19 de diciembre de 2025

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) alertó sobre una modalidad de fraude telefónico en la que los estafadores se hacen pasar por funcionarios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para obtener información personal o realizar cobros indebidos, mediante llamadas que incluyen amenazas de supuestas consecuencias legales. 

En un comunicado, la dependencia precisó que la Unidad de Policía Cibernética identificó este esquema como “phishing telefónico” o “vishing”, una práctica que evolucionó con técnicas de ingeniería social más sofisticadas y se apoya en el uso de lenguaje técnico y formal para generar confianza o presión en las víctimas. 

De esta manera, los estafadores contactan a las personas por llamadas telefónicas en las que reportan presuntas irregularidades fiscales, deudas pendientes o inconsistencias en declaraciones ante el SAT.  

En estos contactos, advierten sobre posibles embargos, multas o acciones legales si no se realiza un pago inmediato o no se proporciona información confidencial. 

La SSC señaló que, en algunos casos, el engaño se refuerza con el envío de correos electrónicos falsos, documentos apócrifos o enlaces a sitios web que simulan pertenecer al SAT, con el objetivo de dar apariencia de legalidad y ejercer mayor presión.  

Entre las características más comunes de esta modalidad de fraude se encuentran llamadas inesperadas que generan miedo, solicitudes de datos personales, fiscales o bancarios, amenazas de consecuencias legales inminentes, peticiones de pagos urgentes mediante transferencias o tarjetas prepagadas y el uso de números telefónicos falsificados o similares a los oficiales. 

Ante este escenario, la Unidad de Policía Cibernética recomendó:  

  • No proporcionar información personal ni bancaria a terceros.  
  • No realizar pagos por medios no oficiales.  
  • Verificar la autenticidad de cualquier comunicación relacionada con el SAT y consultar directamente la situación fiscal en el portal oficial.  
  • Desconfiar de mensajes o llamadas que invoquen urgencia o sanciones sin que exista una notificación formal previa. 

La SSC informó que, en caso de detectar una situación de riesgo o ser víctima de un delito digital, la ciudadanía puede comunicarse con la Unidad de Policía Cibernética al número 55 5242 5100, extensión 5086, o escribir al correo policia.cibernetica@ssc.cdmx.gob.mx. 

SSC alerta sobre fraude telefónico donde estafadores se hacen pasar por funcionarios del SAT - Proceso
 

lunes, 29 de septiembre de 2025

SAT | El paso a paso para activar el MTU en las transferencias de dinero y evitar las peores multas en octubre

Los clientes bancarios tendrán que cumplir con un procedimiento particular para activar el Monto Transaccional del Usuario. Conoce el trámite para configurar el MTU en pocos minutos.

En México, millones de personas tendrán que cumplir con las nuevas disposiciones bancarias. Se trata de la implementación del Monto Transaccional del Usuario (MTU), el cual será obligatorio para los clientes de todos los bancos.

A partir del 1 de octubre, las transferencias de dinero estarán sujetas a un tope definido por cada cliente, gracias al MTU. Esta es una medida impulsada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para reducir el riesgo de fraudes en las operaciones digitales.

Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), todos los bancos están obligados a habilitar la opción para que cada usuario establezca su propio límite por transacción, por usuario y por día.

¿Qué pasa si no fijo el MTU en las transferencias bancarias?

En caso de no configurarlo antes del 30 de septiembre, el sistema asignará de forma automática un tope de 1,500 UDIS, equivalente actualmente a unos 12,500 pesos.

¿Cómo activar el MTU en las transferencias bancarias?

A continuación, el paso a paso de cómo fijar el MTU desde la aplicación bancaria.

Banamex

  1. Ingresa a la app con tu clave o huella digital.
  2. Abre el menú principal (tres líneas en la parte superior derecha).
  3. Selecciona Configuración y luego Límite de operaciones.
  4. Ajusta los montos por operación, por día o por mes.
  5. Confirma con el código que recibirás en tu celular.

BBVA

  1. Ingresa a la app con tu clave o huella.
  2. En el menú principal, entra a Configuración 
  3. Selecciona Límite de operaciones.
  4. Edita los montos (operación, diario o mensual) con el ícono del lápiz.
  5. Guarda los cambios. ¡Listo!
Santander

  1. Abre la app con clave o huella.
  2. Ve a Administración de mis cuentas.
  3. Elige Configuración límite importe 
  4. Selecciona Transferencia rápida.
  5. Define el monto máximo para cada concepto.

Banorte

  1. Ingresa a la app con clave o huella.
  2. En el menú general, selecciona Ajustes generales.
  3. Accede a Modificar límite de tarjeta.
  4. Ajusta los montos a tu preferencia.

HSBC

  1. Ingresa a la app con clave o huella.
  2. Ve a Transferir y pagar.
  3. Selecciona Servicios frecuentes.
  4. Editar límite por transferencia.
  5. Modifica los montos; el cambio es inmediato y puedes hacerlo cuantas veces quieras.

Fechas importantes sobre el MTU en las transferencias bancarias

A continuación, las fechas clave para los clientes que operan en la banca electrónica. 1 de octubre de 2025: las instituciones financieras deberán habilitar en sus aplicaciones la herramienta para que cada usuario defina el monto máximo de sus transferencias.

  • 1 de enero de 2026: la configuración será obligatoria. Quienes no lo establezcan recibirán automáticamente el límite estándar de 12,800 pesos por operación asignado por el banco.

Con esta nueva herramienta, las personas podrán resguardar mejor su dinero y decidir con mayor precisión cómo administrar sus movimientos.



jueves, 12 de junio de 2025

SAT 2025: ¿Estás en la Mira? Así te Afecta el Nuevo Plan Fiscal

11 de junio de 2025 AutorIan Cabrera

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó su Plan Maestro 2025 con una meta ambiciosa: recaudar 5.3 billones de pesos. ¿Cómo planea lograrlo y quiénes serán los más vigilados? Te explicamos los detalles que impactarán a contribuyentes.

Plan Maestro 2025: Los 3 Ejes de Acción del SAT

El Plan Maestro 2025 del SAT ha generado expectación y, en algunos casos, preocupación entre los contribuyentes mexicanos. Con un objetivo de recaudación de 5.3 billones de pesos para el año, la autoridad fiscal ha delineado una estrategia que, si bien busca fortalecer las finanzas públicas sin crear nuevos impuestos, intensificará la fiscalización en diversos frentes.

La estrategia del SAT para 2025 se fundamenta en tres ejes principales, diseñados para optimizar la recaudación y fomentar el cumplimiento voluntario:

  • Atención al contribuyente: Mejorar los servicios y la asistencia para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Acompañamiento al contribuyente cumplido: Ofrecer herramientas y apoyo a quienes mantienen un buen historial fiscal.
  • Fiscalización contra la evasión y el contrabando: Fortalecer las acciones de vigilancia y auditoría para combatir prácticas ilegales y asegurar que todos aporten lo que les corresponde.

El objetivo primordial es incrementar los ingresos tributarios sin recurrir a la creación de nuevos gravámenes o al aumento de los existentes, promoviendo una cultura cívica contributiva.

Grandes Contribuyentes: La Prioridad del SAT

Una parte significativa de los esfuerzos de fiscalización se centrará en los grandes contribuyentes, responsables de más del 50% de la recaudación del país. El SAT intensificará las auditorías en sectores clave como energía, servicios financieros, plataformas digitales y cadenas comerciales de alto volumen.

Además, se realizará una revisión exhaustiva de las operaciones internacionales, con especial atención a los precios de transferencia. Esta medida busca evitar que las grandes corporaciones trasladen artificialmente sus beneficios a jurisdicciones con baja o nula imposición fiscal. En este sentido, el SAT colaborará estrechamente con organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para implementar estándares globales que combatan la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (conocido como BEPS, por sus siglas en inglés).

Pymes y Comercio Informal: ¿Qué les Espera?

Si bien los grandes contribuyentes son el foco principal, el Plan Maestro 2025 también contempla acciones dirigidas a las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) y al sector informal. Para este último, el SAT planea implementar programas de incentivos fiscales y simplificar los procesos para la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), buscando así ampliar la base tributaria.

Esta estrategia hacia la informalidad parece presentar una dualidad. Por un lado, se ofrecen «zanahorias» como facilidades y beneficios para atraer a los comerciantes informales hacia la legalidad. Sin embargo, el contexto general de fiscalización y el ambicioso objetivo recaudatorio sugieren que, una vez dentro del sistema o si persisten en la informalidad, podrían enfrentar un escrutinio más riguroso. Los comerciantes informales deberán sopesar cuidadosamente los beneficios de la formalización, como el acceso a crédito y la seguridad jurídica, frente a las obligaciones fiscales y la mayor vigilancia que esto podría conllevar.

SAT 2025: ¿Estás en la Mira? Así te Afecta el Nuevo Plan Fiscal - La Verdad Noticias