miércoles, 20 de noviembre de 2019

El Movimiento 17 de Marzo en reunión con la Subsecretaría de Ingresos del Gobierno del EDOMEX




Toluca, Estado de México, 20 de noviembre de 2019.- El Movimiento Nacional DEL Contribuyente Social 17 de Marzo A.C. (MONACOSO) sostuvo el día de hoy una reunión de trabajo en las instalaciones de la Subsecretaría de Ingresos del Gobierno del Estado de México, que presidió el Director General de Recaudación, Roberto Alejandro Guzmán Cariño, acompañado por el Director de Administración Tributaria, David Neal Pazos Carrillo y el Subdirector de Padrones, Ivan Arístides Monje González; estando presente también el equipo de trabajo del Lic. Fernando Caballero Betanzos, Administrador Central de Promoción a la Formalidad del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Entre los temas que se trataron fueron las Cartas Invitación para cumplir con sus obligaciones fiscales que está enviando a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) la Secretaría de Finanzas del Edomex a pesar de que ya fueron cumplidas. La incorporación del programa SÚMATE que ya arrancó en diversos municipios del Estado de México para que regularicen su situación fiscal, sin embargo, no va a dar buenos frutos sino se capacita debidamente al personal que lo lleva a cabo para que sean más considerados con los compañeros que no manejan equipos de cómputo o celulares con tecnología avanzada, tomando en cuenta que en los Mercados Públicos los negocios son familiares y que mayormente las personas que los atienden son hermanos, papás, hijos o parientes diversos que unidos hacen crecer los negocios pero no siempre perciben un sueldo como trabajadores, para que no los vayan a considerar como sujetos de nomina.
Se le solicitó a esta dependencia coordinar los trabajos y visitas que realicen a los contribuyentes de los Mercados Públicos con sus dirigentes para evitar caer en un terrorismo fiscal, así también que fueran parejos exigiendo su incorporación a la formalidad a los señores de los tianguis y comercio informal para que no sólo se le exija su cumplimiento a los cautivos. AVL

sábado, 2 de noviembre de 2019

La muerte y Hacienda... ¡Ni muerto te libras del SAT!


DINERO 2 Nov 2018
El fallecimiento de un contribuyente no implica el fin de sus obligaciones fiscales
La relación con el fisco no es como en el matrimonio: “Hasta que la muerte nos separe”.

A pesar de que se termina la vida activa de un contribuyente con la muerte y se avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para eliminar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), sus obligaciones fiscales ahí no terminan.

No dar de baja al ser querido ante el SAT que ya descansa en paz puede traer muchos problemas a los que nos quedamos al gozo.

En lo que va del presente sexenio, el SAT tiene casi 3 mil avisos por defunción, de un universo de 70.5 millones de contribuyentes activos que están vivitos y coleando.

Datos del brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito público (SHCP), proporcionados a EL UNIVERSAL, indican que de diciembre de 2012 a octubre de 2018 se habían registrado 282 mil 433 avisos por defunción en el padrón del RFC.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) destaca la importancia de hacer este trámite, que afirma, es fácil y sencillo.
Y advierte: el no hacerlo puede convertirte en uno de los protagonistas de sus 101 historias de terror que viven los contribuyentes.

Universo de vivos. El universo de contribuyentes activos registrados es de 70 millones 540 mil 892 causantes, según el Informe de las Finanzas y la Deuda Pública al tercer trimestre de 2018. De esa cifra, 2 millones 31 mil 962 son empresas.

La ómbudsman fiscal, Diana Bernal, señala que las obligaciones fiscales se acaban con el contribuyente fallecido, pero no con relación al patrimonio del muerto, porque si tenía una deuda fiscal, el heredero la enfrentará.
La Prodecon ha identificado que una de las principales problemáticas que se han presentado en el caso del fallecimiento de un contribuyente es que los familiares desconocen la situación fiscal del mismo.
Un caso que le tocó atender fue el de la hermana de un contribuyente, que al fallecer buscando el acta de nacimiento, encontró su cédula de identificación fiscal, así como el aviso de modificación a la actividad empresarial y profesional.
En virtud de que su hermano no dejó herederos, salvo a ella, era la que debía poner al corriente su situación fiscal y cancelar el RFC.
Sin embargo, no sabía si había expedido facturas como empresario o si tributaba por honorarios.
En estos casos, Prodecon puede investigar para concluir adecuadamente la relación tributaria del contribuyente que perdió la vida.