sábado, 29 de agosto de 2026

No habrá reforma o miscelánea fiscal en 2027, por lo que se seguirá “apretando” a los contribuyentes de costumbre

Por María Ines Camacho Romero

El próximo 08 de septiembre la Secretaría de Hacienda entregará a la Cámara de Diputados el Paquete Económico 2027, sin embargo este no traerá sorpresas en materia de nuevos impuestos, es decir permanecerá en la misma inercia por lo que el gobierno federal seguirá reforzando la fiscalización a los pagadores de impuestos, afirmó Rafael Muñoz López presidente de la Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ANFECA).

Quien descartó que se vaya a presentar una miscelánea fiscal o una reforma fiscal, a pesar de que el gobierno federal no tiene recursos.

Tampoco veo una reforma fiscal en donde se creen nuevos impuestos, yo creo que sí va a ser este un tema de apretar más a los a los de costumbre desafortunadamente, y tratar de fiscalizar a los grandes contribuyentes a través de todo este tema de comprobantes este falsos”.

En su momento la presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) Ludivina Leija Rodríguez destacó que este Paquete Económico 2027, no traerá novedades.

Pues creo que va a seguir la inercia de tener la recaudación exhaustiva como se ha tenido, pero a través de la fiscalización, obviamente pues si no se ha llegado a los ingresos establecidos, pues se buscará quizás las formas en que esta parte de fiscalización sea más efectiva, yo no creo que vayan a generar nuevas impuestos, nuevas formas de recaudación, sobre todo en estos tiempos”.

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jueves, 13 de agosto de 2026

¿Te pueden multar por no activar el Buzón Tributario? SAT puede cobrar hasta 11 mil 540 pesos

No habilitar el Buzón Tributario podría ser motivo de una sanción de más de 11 mil 540 pesos. Te contamos quienes deben cumplir con esta obligación

10 de agosto, 2026 Redacción ejecentral

 Una obligación fiscal puede generar una multa de hasta 11 mil 540 pesos para los contribuyentes que no habiliten el Buzón Tributario, no registren sus medios de contacto o no los mantengan actualizados. Esta disposición forma parte del Código Fiscal de la Federación (CFF).

El Buzón Tributario funciona como un canal digital de comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

La obligación contempla tanto la activación del sistema como el registro de información de contacto válida. Por ello, los contribuyentes deben revisar que los datos asociados permanezcan vigentes.

¿De cuánto es la multa por no habilitar el Buzón Tributario?

El CFF establece una sanción económica para quienes incumplan con esta obligación. El artículo 86-D señala que la multa puede ir de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos, dependiendo del caso.

El artículo 86-C identifica como infracción no habilitar el Buzón Tributario, así como omitir el registro o la actualización de los medios de contacto que contempla el artículo 17-K.

La versión vigente del Código Fiscal de la Federación considera la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de abril de 2026.

¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?

El artículo 17-K establece que las personas físicas y morales inscritas en el RFC cuentan con un Buzón Tributario asignado.

La disposición obliga a habilitarlo y a proporcionar los medios de contacto correspondientes. También exige mantener esa información actualizada para facilitar la comunicación con la autoridad fiscal.

Entre las excepciones se encuentran las personas físicas y morales cuya situación fiscal aparezca como cancelada ante el RFC.

¿Te pueden multar por no activar el Buzón Tributario? SAT puede cobrar hasta 11 mil 540 pesos

sábado, 8 de agosto de 2026

SAT: qué pasa con las transferencias

A diferencia del dinero depositado en efectivo, las transferencias electrónicas realizadas mediante el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) no están sujetas a un límite específico para su recepción. Esto significa que una persona puede recibir recursos por esta vía sin que exista un monto máximo establecido únicamente por tratarse de una transferencia electrónica. No obstante, eso no implica que dichas operaciones queden fuera del alcance de la autoridad fiscal.

El SAT puede analizar los movimientos bancarios cuando considere necesario verificar que exista coherencia entre los ingresos declarados y las cantidades que ingresan a las cuentas. Por ejemplo, si un contribuyente reporta ingresos modestos en sus declaraciones, pero recibe constantemente depósitos electrónicos por cantidades considerablemente mayores, podría ser requerido para demostrar el origen de esos recursos.

En esos casos, resulta indispensable conservar documentos que acrediten la procedencia del dinero, como facturas, contratos, estados de cuenta, recibos o cualquier comprobante que permita justificar la operación.

Banamex, BBVA México, Banco Azteca y más bancos ADVIERTEN A SUS CLIENTES que el SAT les echará el ojo si realizan ESTOS DEPÓSITOS en efectivo en agosto 2026