A diferencia del dinero depositado en efectivo, las
transferencias electrónicas realizadas mediante el Sistema de Pagos
Electrónicos Interbancarios (SPEI) no están sujetas a un límite específico para
su recepción. Esto significa que una persona puede recibir recursos por esta
vía sin que exista un monto máximo establecido únicamente por tratarse de una
transferencia electrónica. No obstante, eso no implica
que dichas operaciones queden fuera del alcance de la autoridad fiscal.
El SAT puede analizar los movimientos bancarios
cuando considere necesario verificar que exista coherencia entre los ingresos
declarados y las cantidades que ingresan a las cuentas. Por ejemplo, si un contribuyente reporta
ingresos modestos en sus declaraciones, pero recibe constantemente depósitos
electrónicos por cantidades considerablemente mayores, podría
ser requerido para demostrar el origen de esos recursos.
En esos casos, resulta
indispensable conservar documentos que acrediten la procedencia del dinero,
como facturas, contratos, estados de
cuenta, recibos o cualquier comprobante que permita
justificar la operación.

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