Regla 3.13.2. Opción para realizar el pago en efectivo por la
adquisición de gasolina para los contribuyentes que tributan en el RIF. 3.13.3.
Cómputo del plazo de permanencia en el RIF 3.13.11. Cumplimiento de
obligaciones para contribuyentes del RIF que además obtienen ingresos de los
señalados en los Capítulos I, III y VI del Título IV de la Ley del ISR.
3.13.13. Deducción de pagos a trabajadores con discapacidad y adultos mayores
por contribuyentes del RIF Administración General de Servicios al Contribuyente
Administración Central de Promoción a la Formalidad Administración de Promoción
a la Formalidad “3” 700-07-03-00-00-2020-108 Valerio Trujano núm. 15, Módulo
VIII, 1er piso, Col. Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México. sat.gob.mx /
MarcaSAT 01 (55) 627 22 728 3.13.23. Obtención de ingresos distintos a los de
la actividad empresarial no implica la salida del RIF 3.13.27. Contribuyentes
del RIF relevados del buzón tributario...
Nuestra organización MOVIMIENTO NACIONAL DEL CONTRIIBUYENTE SOCIAL 17 DE MARZO AC ESCRITURA 19543 se avoca a la defensa, apoyo, representación, etcétera de cualquier índole, de los Mercados Públicos, los comerciantes de Mercados Públicos y comerciantes en general, además de apoyar y asesorar a cualquier persona, grupo u organismo que lo solicite.
viernes, 7 de agosto de 2020
martes, 30 de junio de 2020
Coronavirus contagia ingresos tributarios; Hacienda registra caída de 14.6% en mayo
junio 30,
2020
Durante
mayo, uno de los meses más afectados por el confinamiento que provocó la
pandemia de coronavirus SARS CoV-2, la recaudación de impuestos mostró
una caída de 14.6 por ciento en comparación con el mismo mes de 2019,
registrando 221 mil 598 millones de pesos; en tanto, en el agregado de enero a mayo,
este tuvo un incremento de 2.1 por ciento, sumando un billón 499 mil 407
millones de pesos.
Ingresos
ISR
De
acuerdo con el reporte de Finanzas Públicas y Deuda Pública a mayo de 2020, los
ingresos por Impuesto Sobre la Renta (ISR) ascendieron a 124 mil 142 millones
de pesos, es decir un incremento de 2.2 por ciento en comparación con mayo de
2019.
Si bien en abril se anunció una
extensión del plazo para la declaración de y pago de impuestos para personas
físicas hasta el 30 de junio, las empresas también pagan ISR por otros
conceptos.
Ingresos
IVA e IEPS
Mientras
que los ingresos por Impuesto al Valor Agregado (IVA) sumó 57 mil 704 millones
de pesos, es decir una caída de 36.5 por ciento.
El
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) recaudó en el cuarto mes
27 mil 704 millones de pesos que representa una caída de 25.7 por ciento en
comparación con 2019.
Así,
por impuesto de esa cantidad total, la recaudación acumulada en cinco meses
contribuyó con 2 billones 10 mil 146 millones de pesos, monto mayor en 5.1 por
ciento real respecto al igual periodo de 2019.
Los
ingresos petroleros en mayo se ubicaron en 28 mil 305 millones de pesos, una
caída de 65.3 por ciento; mientras que en el acumulado de enero a mayo registró
185 mil 163 millones de pesos, es decir una contracción de 47.3 por ciento en
comparación con el mismo periodo de 2019.
Gasto
gobierno federal
Para
mayo de 2020 el gobierno federal gastó un total de dos billones 371 mil 287
millones de pesos, mientras que lo aprobado para este mes por parte del
Congreso era de dos billones 459 mil 726 millones de pesos. Esto represento que
el gobierno no ejerció recursos por un total de 88 mil 438 millones de pesos.
En su
conjunto, el gasto neto presupuestario registró un incremento anual de 4.6 por
ciento real en los primeros cinco meses del año, donde destaca el dinamismo del
gasto programable, con un crecimiento anual de 5.8 por ciento real.
Según la Secretaría de Hacienda, el Saldo Histórico de los
Requerimientos Financieros del Sector Público (SHRFSP), que es la deuda del
país en su sentido más extenso, pues incluye los pasivos del gobierno federal,
la banca de desarrollo, Pemex y CFE, así como el costo de los rescates bancario
y de autopistas concesionadas, alcanzó un total de 11 billones 769 mil millones
de pesos, el monto es 12.8 por ciento superior a lo observado por la
dependencia en el quinto mes del año pasado, cuando se situó en 10 billones 428
mil millones de pesos.
viernes, 5 de junio de 2020
Plataformas tecnológicas, Personas físicas
Aviso
De conformidad con las reformas a la Ley del Impuesto sobre
la Renta, Impuesto al Valor Agregado y a la Resolución Miscelánea Fiscal para
2020; los contribuyentes que, hasta el 31 de mayo de 2020 tengan registradas
ante el SAT las actividades económicas de servicio de transporte terrestre de
pasajeros o entrega de alimentos preparados a partir del 1 de junio de 2020
estarán registrados en el “Régimen de las actividades empresariales con
ingresos a través de plataforma" bajo el esquema de pagos provisionales.
Fundamento legal: Ley del ISR, artículos 113-A y 113-B; Ley del IVA, artículos, 18-K, 18-L y 18-M; RMF vigente, reglas 12.3.2., 12.3.3., 12.3.4., 12.3.5., 12.3.7. y 12.3.8.; Primera Resolución de Modificaciones a la RMF vigente, artículos transitorios Primero y Segundo fracciones I y III.
viernes, 15 de mayo de 2020
SAT bloqueará su contraseña a “contribuyentes irregulares”
14 de Mayo de 2020
La autoridad fiscal sancionará a los contribuyentes con la suspensión de
los sellos digitales de forma temporal o definitiva
El Servicio
de Administración Tributaria (SAT) sorprendió a los contribuyentes con la
publicación de la primera modificación a la Resolución
Miscelánea Fiscal de este 2020, pues señala que a partir de hoy podrá
restringir la contraseña y evitar el acceso cuando detecte irregularidades en
su situación fiscal.
Hay
que recordar que la Resolución a la
Miscelánea Fiscal es un un documento donde se reúnen todos los cambios
y nuevas reglas establecidas por la autoridad fiscal.
La
norma indica los supuestos de cancelación de sellos digitales dictados en el Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de
la Federación a la contraseña, lo que quiere decir que la autoridad fiscal
restringirá esa forma de acceso cuando detecte que los contribuyentes compraron
facturas falsas o no puedan ser localizados.
En
este sentido, el fisco actuará cuando
detecte que una persona no puede ser encontrado en su hogar, cambió de
domicilio y no informó a la autoridad durante o después del proceso.
Además, el
SAT también actuará cuando determine que los comprobantes
fiscales presentados por el contribuyente se utilizaron para
operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
“Cuando
la autoridad fiscal identifica que el contribuyente se ubica en alguno de los
supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, podrá
restringir temporalmente la contraseña, hasta que el contribuyente aclare o
desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado”,
indica la Resolución.
El
integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de
México, Roberto Colín, reiteró
que con el cambio el fisco puede
bloquear la contraseña y sancionará a los contribuyentes con la suspensión de
los sellos digitales de forma temporal o definitiva.
“La
cancelación de sellos digitales ha traído dolores de cabeza a contribuyentes
porque no pueden facturar, ahora con la contraseña restringida, los
contribuyentes no van a poder hacer absolutamente nada hasta en tanto se
corrija su situación fiscal”, reiteró Colín en entrevista con el diario El Financiero.
Tiempo para
hacer la declaración anual
El
pasado 30 de abril, terminó el primer plazo para que los contribuyentes
presentaran su declaración anual para personas físicas; sin embargo, el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio un “respiro” a los contribuyentes y ofreció una nueva fecha para
llevar a cabo dicho proceso.
Las
fallas en el sistema del SAT es uno de los principales motivos para aplazar el
procedimiento de presentar la cantidad de ingresos anual del contribuyente, por
lo que el plazo se extendió hasta el
próximo 30 de junio.
Pese
a que la declaración anual se puede realizar por Internet, el organismo fiscal
también se encuentra dando atención a los ciudadanos en sus 55 oficinas
disponibles en el país, y por medio de 81 módulos tributarios.
A través de
un comunicado, la dependencia reiteró que el tiempo fue extendido, luego de que
la página SAT-ID (satid.sat.gob.mx),
fue saturada por el número de solicitudes.
El
SAT ID fue creado tras el decreto de la Fase 3 de coronavirus en México, y con
dicha herramienta el contribuyente podrá realizar una serie de trámites y
evitar el acto presencial en oficinas.
Con
la aplicación los contribuyentes podrán generar y actualizar su contraseña
desde su teléfono celular o computadora y para ello deberá realizar los
siguientes pasos.
*Ingresar
a la página de internet: https://satid.sat.gob.mx.
*Una
vez ahí, el interesado deberá tener a la mano una identificación vigente con
fotografía.
En
menos 10 minutos se puede crear dicha contraseña, que el interesado necesitará
para realizar diversos trámites, entre ellos, la declaración de impuestos.
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/05/14/sat-bloqueara-su-contrasena-a-contribuyentes-irregulares/?fbclid=IwAR1Sv_d1V6FwjZlZfD5A6woXVFxqK_NOofUw3W1jA05naINg9LfuKzVtg-Iviernes, 8 de mayo de 2020
SAT extiende hasta el 30 de junio el plazo para la declaración anual de 2019
Ciudad de
México.- Esta noche, el
Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que tomó la decisión de
ampliar el plazo hasta el 30 de junio, para que las personas físicas presenten
su declaración anual correspondiente a 2019.
Por medio de un comunicado, la institución gubernamental detalló que
aunque por ley la fecha para que las personas físicas cumplan con esta
obligación hasta el 30 de abril, esta prórroga se dio en favor de los afectados
por la emergencia sanitaria, tal y como sucedió en 2009 con la propagación del
virus de la influenza.
Señaló que esta medida también se dio por la alta demanda de trámites
relacionados con la contraseña de los contribuyentes, los cuales rebasaron el
sistema del fisco, a pesar de que cuenta con la mayor capacidad tecnológica instalada
que cualquier otra dependencia del gobierno federal.
Agregó
que aunado a las acciones de la Jornada de Sana Distancia, en días pasados se
habilitó la página web SAT-ID (satid.sat.gob.mx), la cual es una herramienta
para que los contribuyentes generen o actualicen su contraseña desde casa y
facilitar la presentación de la declaración de personas físicas.
En el texto, el SAT agradeció la contribución de las personas físicas y
su interés por cumplir con sus obligaciones fiscales, al señalar que "su
granito de arena permite que la recaudación para el gasto público no se frene y
se luche día a día para que los embates de la epidemia sean los menores
posibles".
jueves, 23 de abril de 2020
SAT extiende plazo para presentar la declaración anual
El Servicio de
Administración Tributaria (SAT) decidió extender el plazo para realizar la
declaración anual de personas físicas hasta el día 30 de junio de 2020
22/04/2020 REDACCIÓN Y NOTIMEX
CIUDAD DE MÉXICO
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió
extender hasta el 30 de junio de 2020 el plazo para que las personas físicas
puedan presentar su declaración anual de
impuestos.
Explicó que, a pesar de que cuenta con la mayor capacidad
tecnológica instalada a diferencia de cualquier otra dependencia del Gobierno
Federal, "la alta demanda para generar o actualizar la contraseña rebasó
nuestro sistema".
Aunado
a la serie de medidas de la Jornada de Sana Distancia por la Fase 3 de la
pandemia del Covid-19,
el SAT habilitó la página web SAT-ID (satid.sat.gob.mx) como una herramienta
tecnológica para que las y los contribuyentes generen o actualicen su
contraseña desde casa y facilitar la presentación de la declaración de personas
físicas.
Añadió que están trabajando en resolver los problemas técnicos que
se han reportado y que son una la limitante en la página SAT-ID, con la
intención de que las personas puedan presentar su declaración desde casa en un
plazo más amplio.
El SAT destacó que al 21 de abril del 2020 se han presentado
4’252,450 declaraciones de personas físicas, cifra mayor a los 3’210,548
referente al año 2019. Esto representa un incremento de 32% en contraste con el
año pasado.
Agradeció la contribución de las personas físicas y su interés por
cumplir con sus obligaciones, al señalar que "su granito de arena permite
que la recaudación para el gasto público no se frene y se luche día a día para
que los embates de la epidemia sean los menores posibles".
https://www.excelsior.com.mx/nacional/sat-extiende-plazo-para-presentar-la-declaracion-anual/1377710
martes, 14 de abril de 2020
Ordena SHCP suspender contrataciones en dependencias
abril 13, 2020
La Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP) ordenó a las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal (APF) suspender la contratación de
personal a partir del 16 de abril y en lo que resta del año.
“Las dependencias, incluidos sus órganos
administrativos desconcentrados, las entidades, la Oficina de la Presidencia de
la República y los Tribunales Agrarios no podrán iniciar nuevos procesos de
contratación de plazas presupuestarias de carácter permanente, de plazas de
carácter eventual y de prestación de servicios profesionales por honorarios con
cargo al capítulo de servicios personales a partir del 16 de abril de 2020,
salvo que cuenten con la opinión favorable de la Oficialía Mayor de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, instruye el oficio firmado por el
titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, Víctor M. Mojica
Vilchis.
En
un oficio con fecha de hoy, dirigido a oficiales mayores y titulares de las
unidades de Administración y Finanzas de las dependencias, de la Oficina de la
Presidencia de la República, y de los tribunales agrarios de la APF, precisó
que estas disposiciones estarán vigentes hasta el 31 de
diciembre de este año.
Indicó que que no se
sujetarán a la suspensión para contratar personal los movimientos de servicios
personales que deriven de emisión o reformas de leyes; plazas de nueva creación
para el presente ejercicio fiscal; la operación en los consulados y en las
embajadas; las obligaciones establecidas en términos de la legislación laboral,
y la atención de emergencia en materia de salud, así como las secretarías de la
Defensa Nacional, de la Marina y la Guardia Nacional.
En
el oficio, la SHCP señaló que las dependencias y entidades apoyadas en
servicios personales que cuenten con recursos provenientes de vacancia deberán
realizar el traspaso de los mismos al Ramo General 23
Provisiones Salariales y Económicas, en el concepto “Reasignaciones
presupuestarias medidas de cierre Servicios Personales”.
Las
entidades no apoyadas deberán realizar una reducción en su flujo
de efectivo por el monto correspondiente a la vacancia, la cual deberá verse
reflejada en una mejora de su balance presupuestario.
Fuente: La Razón
https://josecardenas.com/2020/04/ordena-shcp-suspender-contrataciones-en-dependencias/
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