viernes, 7 de agosto de 2020

Contestación del SAT a propuesta de MONACOSO sobre el RIF



Regla 3.13.2. Opción para realizar el pago en efectivo por la adquisición de gasolina para los contribuyentes que tributan en el RIF. 3.13.3. Cómputo del plazo de permanencia en el RIF 3.13.11. Cumplimiento de obligaciones para contribuyentes del RIF que además obtienen ingresos de los señalados en los Capítulos I, III y VI del Título IV de la Ley del ISR. 3.13.13. Deducción de pagos a trabajadores con discapacidad y adultos mayores por contribuyentes del RIF Administración General de Servicios al Contribuyente Administración Central de Promoción a la Formalidad Administración de Promoción a la Formalidad “3” 700-07-03-00-00-2020-108 Valerio Trujano núm. 15, Módulo VIII, 1er piso, Col. Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México. sat.gob.mx / MarcaSAT 01 (55) 627 22 728 3.13.23. Obtención de ingresos distintos a los de la actividad empresarial no implica la salida del RIF 3.13.27. Contribuyentes del RIF relevados del buzón tributario...

martes, 30 de junio de 2020

Coronavirus contagia ingresos tributarios; Hacienda registra caída de 14.6% en mayo


junio 30, 2020
Durante mayo, uno de los meses más afectados por el confinamiento que provocó la pandemia de coronavirus SARS CoV-2la recaudación de impuestos mostró una caída de 14.6 por ciento en comparación con el mismo mes de 2019, registrando 221 mil 598 millones de pesos; en tanto, en el agregado de enero a mayo, este tuvo un incremento de 2.1 por ciento, sumando un billón 499 mil 407 millones de pesos.
Ingresos ISR
De acuerdo con el reporte de Finanzas Públicas y Deuda Pública a mayo de 2020, los ingresos por Impuesto Sobre la Renta (ISR) ascendieron a 124 mil 142 millones de pesos, es decir un incremento de 2.2 por ciento en comparación con mayo de 2019.
Si bien en abril se anunció una extensión del plazo para la declaración de y pago de impuestos para personas físicas hasta el 30 de junio, las empresas también pagan ISR por otros conceptos.
Ingresos IVA e IEPS
Mientras que los ingresos por Impuesto al Valor Agregado (IVA) sumó 57 mil 704 millones de pesos, es decir una caída de 36.5 por ciento.
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) recaudó en el cuarto mes 27 mil 704 millones de pesos que representa una caída de 25.7 por ciento en comparación con 2019.
Así, por impuesto de esa cantidad total, la recaudación acumulada en cinco meses contribuyó con 2 billones 10 mil 146 millones de pesos, monto mayor en 5.1 por ciento real respecto al igual periodo de 2019.
Los ingresos petroleros en mayo se ubicaron en 28 mil 305 millones de pesos, una caída de 65.3 por ciento; mientras que en el acumulado de enero a mayo registró 185 mil 163 millones de pesos, es decir una contracción de 47.3 por ciento en comparación con el mismo periodo de 2019.
Gasto gobierno federal
Para mayo de 2020 el gobierno federal gastó un total de dos billones 371 mil 287 millones de pesos, mientras que lo aprobado para este mes por parte del Congreso era de dos billones 459 mil 726 millones de pesos. Esto represento que el gobierno no ejerció recursos por un total de 88 mil 438 millones de pesos.
En su conjunto, el gasto neto presupuestario registró un incremento anual de 4.6 por ciento real en los primeros cinco meses del año, donde destaca el dinamismo del gasto programable, con un crecimiento anual de 5.8 por ciento real.
Según la Secretaría de Hacienda, el Saldo Histórico de los Requerimientos Financieros del Sector Público (SHRFSP), que es la deuda del país en su sentido más extenso, pues incluye los pasivos del gobierno federal, la banca de desarrollo, Pemex y CFE, así como el costo de los rescates bancario y de autopistas concesionadas, alcanzó un total de 11 billones 769 mil millones de pesos, el monto es 12.8 por ciento superior a lo observado por la dependencia en el quinto mes del año pasado, cuando se situó en 10 billones 428 mil millones de pesos.

viernes, 5 de junio de 2020

Plataformas tecnológicas, Personas físicas


Aviso 
De conformidad con las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado y a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020; los contribuyentes que, hasta el 31 de mayo de 2020 tengan registradas ante el SAT las actividades económicas de servicio de transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos preparados a partir del 1 de junio de 2020 estarán registrados en el “Régimen de las actividades empresariales con ingresos a través de plataforma" bajo el esquema de pagos provisionales.

Fundamento legal: Ley del ISR, artículos 113-A y 113-B; Ley del IVA, artículos, 18-K, 18-L y 18-M; RMF vigente, reglas 12.3.2., 12.3.3., 12.3.4., 12.3.5., 12.3.7. y 12.3.8.; Primera Resolución de Modificaciones a la RMF vigente, artículos transitorios Primero y Segundo fracciones I y III.

viernes, 15 de mayo de 2020

SAT bloqueará su contraseña a “contribuyentes irregulares”

14 de Mayo de 2020
La autoridad fiscal sancionará a los contribuyentes con la suspensión de los sellos digitales de forma temporal o definitiva
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) sorprendió a los contribuyentes con la publicación de la primera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de este 2020, pues señala que a partir de hoy podrá restringir la contraseña y evitar el acceso cuando detecte irregularidades en su situación fiscal.
Hay que recordar que la Resolución a la Miscelánea Fiscal es un un documento donde se reúnen todos los cambios y nuevas reglas establecidas por la autoridad fiscal.
La norma indica los supuestos de cancelación de sellos digitales dictados en el Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación a la contraseña, lo que quiere decir que la autoridad fiscal restringirá esa forma de acceso cuando detecte que los contribuyentes compraron facturas falsas o no puedan ser localizados.
En este sentido, el fisco actuará cuando detecte que una persona no puede ser encontrado en su hogar, cambió de domicilio y no informó a la autoridad durante o después del proceso.
Además, el SAT también actuará cuando determine que los comprobantes fiscales presentados por el contribuyente se utilizaron para operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
“Cuando la autoridad fiscal identifica que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, podrá restringir temporalmente la contraseña, hasta que el contribuyente aclare o desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado”, indica la Resolución.
El integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, Roberto Colín, reiteró que con el cambio el fisco puede bloquear la contraseña y sancionará a los contribuyentes con la suspensión de los sellos digitales de forma temporal o definitiva.
“La cancelación de sellos digitales ha traído dolores de cabeza a contribuyentes porque no pueden facturar, ahora con la contraseña restringida, los contribuyentes no van a poder hacer absolutamente nada hasta en tanto se corrija su situación fiscal”, reiteró Colín en entrevista con el diario El Financiero.
Tiempo para hacer la declaración anual
El pasado 30 de abril, terminó el primer plazo para que los contribuyentes presentaran su declaración anual para personas físicas; sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio un “respiro” a los contribuyentes y ofreció una nueva fecha para llevar a cabo dicho proceso.
Las fallas en el sistema del SAT es uno de los principales motivos para aplazar el procedimiento de presentar la cantidad de ingresos anual del contribuyente, por lo que el plazo se extendió hasta el próximo 30 de junio.
Pese a que la declaración anual se puede realizar por Internet, el organismo fiscal también se encuentra dando atención a los ciudadanos en sus 55 oficinas disponibles en el país, y por medio de 81 módulos tributarios.
A través de un comunicado, la dependencia reiteró que el tiempo fue extendido, luego de que la página SAT-ID (satid.sat.gob.mx), fue saturada por el número de solicitudes.
El SAT ID fue creado tras el decreto de la Fase 3 de coronavirus en México, y con dicha herramienta el contribuyente podrá realizar una serie de trámites y evitar el acto presencial en oficinas.
Con la aplicación los contribuyentes podrán generar y actualizar su contraseña desde su teléfono celular o computadora y para ello deberá realizar los siguientes pasos.
*Ingresar a la página de internet: https://satid.sat.gob.mx.
*Una vez ahí, el interesado deberá tener a la mano una identificación vigente con fotografía.
En menos 10 minutos se puede crear dicha contraseña, que el interesado necesitará para realizar diversos trámites, entre ellos, la declaración de impuestos.
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/05/14/sat-bloqueara-su-contrasena-a-contribuyentes-irregulares/?fbclid=IwAR1Sv_d1V6FwjZlZfD5A6woXVFxqK_NOofUw3W1jA05naINg9LfuKzVtg-I

viernes, 8 de mayo de 2020

SAT extiende hasta el 30 de junio el plazo para la declaración anual de 2019

Ciudad de México.- Esta noche, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que tomó la decisión de ampliar el plazo hasta el 30 de junio, para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente a 2019.
Por medio de un comunicado, la institución gubernamental detalló que aunque por ley la fecha para que las personas físicas cumplan con esta obligación hasta el 30 de abril, esta prórroga se dio en favor de los afectados por la emergencia sanitaria, tal y como sucedió en 2009 con la propagación del virus de la influenza.
Señaló que esta medida también se dio por la alta demanda de trámites relacionados con la contraseña de los contribuyentes, los cuales rebasaron el sistema del fisco, a pesar de que cuenta con la mayor capacidad tecnológica instalada que cualquier otra dependencia del gobierno federal.
Agregó que aunado a las acciones de la Jornada de Sana Distancia, en días pasados se habilitó la página web SAT-ID (satid.sat.gob.mx), la cual es una herramienta para que los contribuyentes generen o actualicen su contraseña desde casa y facilitar la presentación de la declaración de personas físicas.
En el texto, el SAT agradeció la contribución de las personas físicas y su interés por cumplir con sus obligaciones fiscales, al señalar que "su granito de arena permite que la recaudación para el gasto público no se frene y se luche día a día para que los embates de la epidemia sean los menores posibles".

jueves, 23 de abril de 2020

SAT extiende plazo para presentar la declaración anual


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió extender el plazo para realizar la declaración anual de personas físicas hasta el día 30 de junio de 2020

22/04/2020 REDACCIÓN Y NOTIMEX
CIUDAD DE MÉXICO
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió extender hasta el 30 de junio de 2020 el plazo para que las personas físicas puedan presentar su declaración anual de impuestos.
Explicó que, a pesar de que cuenta con la mayor capacidad tecnológica instalada a diferencia de cualquier otra dependencia del Gobierno Federal, "la alta demanda para generar o actualizar la contraseña rebasó nuestro sistema".
Aunado a la serie de medidas de la Jornada de Sana Distancia por la Fase 3 de la pandemia del Covid-19, el SAT habilitó la página web SAT-ID (satid.sat.gob.mx) como una herramienta tecnológica para que las y los contribuyentes generen o actualicen su contraseña desde casa y facilitar la presentación de la declaración de personas físicas.
Añadió que están trabajando en resolver los problemas técnicos que se han reportado y que son una la limitante en la página SAT-ID, con la intención de que las personas puedan presentar su declaración desde casa en un plazo más amplio.
El SAT destacó que al 21 de abril del 2020 se han presentado 4’252,450 declaraciones de personas físicas, cifra mayor a los 3’210,548 referente al año 2019. Esto representa un incremento de 32% en contraste con el año pasado.
Agradeció la contribución de las personas físicas y su interés por cumplir con sus obligaciones, al señalar que "su granito de arena permite que la recaudación para el gasto público no se frene y se luche día a día para que los embates de la epidemia sean los menores posibles".

martes, 14 de abril de 2020

Ordena SHCP suspender contrataciones en dependencias

abril 13, 2020
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ordenó a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) suspender la contratación de personal a partir del 16 de abril y en lo que resta del año.
“Las dependencias, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, las entidades, la Oficina de la Presidencia de la República y los Tribunales Agrarios no podrán iniciar nuevos procesos de contratación de plazas presupuestarias de carácter permanente, de plazas de carácter eventual y de prestación de servicios profesionales por honorarios con cargo al capítulo de servicios personales a partir del 16 de abril de 2020, salvo que cuenten con la opinión favorable de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, instruye el oficio firmado por el titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, Víctor M. Mojica Vilchis.
En un oficio con fecha de hoy, dirigido a oficiales mayores y titulares de las unidades de Administración y Finanzas de las dependencias, de la Oficina de la Presidencia de la República, y de los tribunales agrarios de la APF, precisó que estas disposiciones estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de este año.
Indicó que que no se sujetarán a la suspensión para contratar personal los movimientos de servicios personales que deriven de emisión o reformas de leyes; plazas de nueva creación para el presente ejercicio fiscal; la operación en los consulados y en las embajadas; las obligaciones establecidas en términos de la legislación laboral, y la atención de emergencia en materia de salud, así como las secretarías de la Defensa Nacional, de la Marina y la Guardia Nacional.
En el oficio, la SHCP señaló que las dependencias y entidades apoyadas en servicios personales que cuenten con recursos provenientes de vacancia deberán realizar el traspaso de los mismos al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, en el concepto “Reasignaciones presupuestarias medidas de cierre Servicios Personales”.
Las entidades no apoyadas deberán realizar una reducción en su flujo de efectivo por el monto correspondiente a la vacancia, la cual deberá verse reflejada en una mejora de su balance presupuestario.
Fuente: La Razón 
https://josecardenas.com/2020/04/ordena-shcp-suspender-contrataciones-en-dependencias/