La política tributaria en
México cambia constantemente, lo que provoca una estructura compleja del
sistema fiscal. Las recientes reformas aprobadas por el gobierno mexicano no
han podido entrar en vigor, ya que se han emitido varias prórrogas. Sin
embargo, las nuevas disposiciones del SAT ahora sí entrarán en operación en
2023, por lo que es importante tenerlas en cuenta.
El principal
cambio es el uso del CFDI versión 4.0 para la facturación electrónica, que
estaba dispuesto a entrar en vigor desde el 30 de abril de 2022, pero la
autoridad tributaria dio una prórroga para julio de 2022. Tras las críticas,
polémicas y cuestiones técnicas como la saturación del SAT para emitir la
Constancia de Situación Fiscal se anunció que entraría en vigor hasta el
primero de enero del año 2023.
Sin embargo, el
SAT comunicó que la prórroga se extiende hasta el 31 de marzo de 2023, por lo
que los contribuyentes podrán seguir utilizando el CFDI en su versión 3.3.
Cambios en
el CFDI versión 4.0
El
Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que el uso de la versión del
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) requiere los siguientes datos
obligatorios para la emisión de facturas:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Nombre, razón o denominación social
- Código postal del domicilio fiscal
- Indicar el uso del CFDI
Aunque
desde el 2022 las personas morales y físicas ya podían utilizar la versión 4.0
de la facturación electrónica, realmente pocos dieron el paso para hacerlo. De
acuerdo con datos del SAT, en el primer trimestre del 2022 se emitieron cerca
de 2,299 millones de CFDI y de esta cifra el 99.72% fue bajo la versión 3.3.
Las
prórrogas no han ayudado a incentivar a que los contribuyentes utilicen la
facturación 4.0 y la tendencia indica que este nuevo plazo no cambiará este
porcentaje.
Uso de
Carta Porte, entre las nuevas disposiciones del SAT
La
autoridad fiscal realizó diversas mesas de trabajo con asociaciones de la
industria del transporte para revisar el tema del complemento Carta Porte. Así
que el SAT también anunció una nueva prórroga hasta el 31 de julio de 2023 para
la aplicación de las sanciones derivadas de los requisitos en el llenado de
este complemento. Además a partir del primero de agosto de 2023 se exigirá la
transmisión del folio fiscal del CFDI al que se le incorpora dicho complemento
en materia de Comercio Exterior.
El
complemento Carta Porte debió entrar en vigor desde el 30 de septiembre de
2022, pero se aplazó hasta el 31 de diciembre de 2022. Finalmente, será hasta
julio de 2023 en que los contribuyentes tendrán que utilizar dicho complemento
cuando se trasladen mercancías en cualquier modalidad de transporte dentro del
territorio nacional.
Este
es un instrumento fundamental para acreditar la propiedad de las mercancías que
se trasladan, tan solo en el primer trimestre del 2022 más de 65 mil
contribuyentes emitieron 82 millones 600 mil CFDI con su debida Carta Porte.
Es
importante que los contribuyentes utilicen este periodo de prórroga como un tiempo
de transición y hagan uso del CFDI en su versión 4.0 porque estas nuevas
disposiciones del SAT tendrán carácter obligatorio en 2023 y cualquier mal uso
o falla en el llenado de la factura electrónica y de sus complementos podría
ocasionar multas de hasta 600 pesos por cada CFDI que se emita.
Estas son las nuevas disposiciones del SAT para 2023 (imef.org.mx)