lunes, 30 de mayo de 2016

REUNIÓN DEL MOVIMIENTO 17 DE MARZO EN EL SAT




Reunión del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo A.C. en las oficinas del Servicio Administrativo (SAT), en la que se trataron diferentes temas como la necesidad de volver a poner una oficina tributaria en Ecatepec y no solamente un módulo, debido a que es mucha la demanda de servicios de los contribuyentes; la actitud de los negocios que condicionan cobrar el IVA cuando se les solicita factura y como denunciarlos; las multas a los contribuyentes del RIF que no presentaron sus declaraciones aunque fueran en ceros en tiempo y forma; y la solicitud de que las citas en el SAT no fuesen tan prolongadas a lo que se nos respondió que se agilizará el sistema para que se otorguen en unos cuantos días y no en varias semanas. Estuvieron presentes por parte del SAT, el Lic. Adrián Guarneros Tapia, Administrador General del Servicio al Contribuyente; la C.P. Patricia Delgado Medellín, Encargada del RIF a Nivel Nacional y el Lic. Germán Tavera Zacout, Coordinador General. AVL…



domingo, 15 de mayo de 2016

Determina SCJN que condonación de deudas tributarias debe analizarse a través del principio de igualdad



El Pleno de la Suprema Corte de Justicia fijó como criterio jurisprudencial que la condonación de deudas tributarias debe analizarse a través del principio de igualdad, y no por el principio de justicia fiscal del artículo 31 fracción IV, de la Constitución general.
Esto, al resolver una contradicción de tesis entre la Primera y la Segunda Sala de la Corte, y tras el análisis, por votación de 8 a 3, prevaleció el criterio de la primera.
“No es que la Sala haya sostenido que el legislador o las autoridades administrativas que correspondan pueden hacer lo que les parezca en tema de condonación tributaria con las más amplias discrecionalidades, sino que simplemente no pasaban por el 31, fracción IV, y sí por un principio general de igualdad”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN, Ponente.
“La equidad tributaria se debe haber considerado para la liquidación del impuesto mismo, y ahí, se debió haber tomado en consideración todas las condiciones que exige la Constitución en su artículo 31 para establecer cuál es la capacidad contributiva y, por lo tanto, cuál es el monto del adeudo que tiene el contribuyente”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.
“La condonación responde a una decisión de política económica o fiscal consistente en no cobrar el impuesto y no implica una afectación o modificación de ningún elemento estructural del impuesto y es que a tal figura jurídica no le pueden resultar aplicables los principios de justicia tributaria”, Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.
En otro tema, también los ministros fijaron como jurisprudencia que si la autoridad con el carácter de parte rinde su informe justificado, anexando copia de los procedimientos correspondientes, esos documentos pueden ser objetados por alguna de las partes durante la tramitación del juicio constitucional.
“De manera que el informe justificado puede ser objetado en cuanto a su autenticidad o continente, respecto de las constancias que se acompañan a éste, en relación a los efectos exclusivos en dicho juicio por revestir el carácter de documento público”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN, Ponente.
 
“Considero que la objeción de documento en sí mismo, cualquier objeción de documento, tiene que ir al continente y no al contenido; entonces, si las partes ofrecen pruebas, cualquier tipo de prueba, y se está objetando el continente, la firma y no el contenido, entonces podría ser válido que a través de la objeción de documentos se objetara la autenticidad del continente de la prueba en sí, pero sin que ello implique el contenido del informe”, Norma Lucía Piña, Ministra SCJN.
En la próxima sesión pública se resolverá una contradicción de tesis sobre la interpretación de la Ley del IVA.

viernes, 6 de mayo de 2016

Nombran nuevo Administrador General de Servicios al Contribuyente del SAT



·         Adrián Guarneros Tapia sustituirá en este cargo a Guillermo Valls Esponda, quien recientemente fue ratificado como Magistrado de la Sala Superior del TFJFA.


Por acuerdo del Secretario de Hacienda y Crédito Público, Dr. Luis Videgaray Caso, a partir del 1 de mayo fue designado como Administrador General de Servicios al Contribuyente (AGSC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) Adrián Guarneros Tapia, Licenciado en economía por el Instituto Tecnológico Autónomo de México y maestro en economía pública por la Universidad de York en el Reino Unido.

De enero de 2013 a abril de 2016 Adrián Guarneros Tapia se desempeñó como Administrador General de Planeación del SAT, y cuenta con una amplia experiencia profesional y con una amplia trayectoria en temas fiscales.

Durante la transición formó parte del equipo de enlace con la SHCP para la elaboración del Paquete Económico 2013; asimismo, en el Gobierno del Estado de México, en el cual laboró de 2006 a 2012, ocupó cargos como Director General de Recaudación, Director General de Política Fiscal y Director de Estudios en Política de Ingresos en la Secretaría de Finanzas del estado.

De agosto de 1999 a marzo 2006 ocupó diferentes cargos dentro de la Unidad de Política de Ingresos, y ha sido docente en materias de economía en el Instituto Tecnológico Autónomo de México, así como comentarista en temas económicos y financieros para algunos medios de comunicación.

En su momento, el Jefe del SAT, Aristóteles Núñez, agradeció la entrega y dedicación a Guillermo Valls Esponda, quien de enero de 2013 hasta abril de 2016 estuvo al frente de la AGSC, y recientemente fue propuesto por el presidente de la República Enrique Peña Nieto y ratificado por el Senado como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA).