viernes, 1 de marzo de 2024

Prodecon sugiere al SAT no obligar a personas físicas del RESICO a llevar contabilidad

Historia de Agustín Gordillo

La Procuraduría tuvo conocimiento de la incertidumbre jurídica que enfrentan las personas físicas que tributan en el RESICO

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente publicó un análisis sistémico, en el que sugiere al Servicio de Administración Tributaria (SAT) no obligar a las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) a llevar contabilidad.

De acuerdo con el análisis sistémico, la Prodecon, en el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, tuvo conocimiento de la incertidumbre jurídica que enfrentan las personas físicas que tributan en el RESICO.

Lo anterior es porque con el RESICO se pretendió otorgar una máxima simplificación en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, por lo que no estableció la obligación de llevar contabilidad para efectos del ISR.

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Pero las personas físicas del RESICO si están sujetas a llevar contabilidad para efectos del IVA y del IEPS.

El análisis sistémico indica que el SAT, a través de la Regla 3.13.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, releva expresamente a las personas físicas que tributan en el RESICO de enviar la contabilidad electrónica, no obstante, no los exime de llevarla.

Lo anterior, genera incertidumbre e incongruencia entre lo establecido en las disposiciones fiscales, ocasionando que la facilidad otorgada a las personas físicas que tributan en el RESICO, no pueda aplicarse efectivamente cuando se trata de contribuyentes sujetos al IVA y, en su caso, al IEPS, lo cual implicaría a gran parte del padrón de contribuyentes personas físicas del RESICO.

Por eso, la Prodecon considera que el hecho de que la autoridad fiscal no haya emitido una regla de carácter general que releve a los contribuyentes personas físicas del RESICO de la obligación de llevar contabilidad, cuando se encuentren sujetos al pago del IVA y, en su caso del IEPS, afecta considerablemente a los pagadores de impuestos. Esto se debe a que deberán cumplir con mayores cargas, que no son acordes a su menor capacidad administrativa y de gestión, encontrándose en la necesidad de contratar una persona para que les lleve la contabilidad, lo que imposibilita que se cumpla con la intención del régimen, consistente en facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Puedes ver el análisis sistémico que publicó la Prodecon aquí / Fecha de publicación: 13 de febrero de 2024.

Prodecon sugiere al SAT no obligar a personas físicas del RESICO a llevar contabilidad (msn.com)

 

lunes, 22 de enero de 2024

Se confirmó la noticia que afectará a millones de trabajadores en México


Se trata de un impuesto al ahorro que ha traído mucha polémica en la sociedad mexicana.

MUNDO Por Rodolfo Barrera lunes, 22 de enero de 2024 


En las últimas horas, los trabajadores de México recibieron una noticia que puede afectar su situación económica y es que desde el Servicio de Administración Tributaria, organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda, confirmó que habrá un incremento en un impuesto, afectando la posibilidad de ahorrar más dinero. De esta manera, muchos empleados y ciudadanos del vecino país, verán cómo un porcentaje de lo que guarden será retenido. A continuación, te contamos los detalles de esta medida polémica y que ha causado fastidio.

El Servicio de Administración Tributaria es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que es la máxima autoridad fiscal responsable del cobro de impuestos en México. A su vez, es la encargada de controlar que todos los ciudadanos paguen sus impuestos, como así también de anunciar la suba en los impuestos, tal como lo hizo recientemente con una medida que afectará en gran medida a los trabajadores.

Lo más probable es que todos los trabajadores ahorren parte de su sueldo para luego en un futuro usarlo para sus vacaciones, algún gasto importante, entre otras cuestiones. Sin embargo, el Gobierno de México anunció la creación de un nuevo impuesto y se trata del impuesto al ahorro y es que forma parte del Paquete Económico 2024, que incluirá un importe al ahorro.

Para saber en qué consiste este impuesto al ahorro que incidirá en la economía de los trabajadores es que si, por ejemplo, por mes ahorran 1000 pesos, van a tener un rendimiento de 80 pesos y el Servicio de Administración Tributaria se quedará con un porcentaje, en realidad se trata de la retención del Impuesto sobre la Renta.

De esta manera, la Ley de Ingresos estipulará que este aumento en el impuesto al ahorro en los trabajadores, será nueve veces mayor al porcentaje 2023, por lo que el Servicio de Administración Tributaria va a retener el 1, 48% mensualmente, teniendo esa tasa hasta el final del 2024. Para calcular esto, se recomienda multiplicar la cantidad que exceda los 15 mil pesos por una tasa del 3% y el porcentaje de dinero retenido será mayor.

Se confirmó la noticia que afectará a millones de trabajadores en México - Terra

miércoles, 20 de diciembre de 2023

Comerciantes piden al SAT prórroga en RIF

Por Miguel Ramirez DIC 20, 2023 

Ante la etapa final del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) locatarios de mercados fijos le solicitan una prórroga de 6 meses al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que reciban la capacitación para declarar en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y obtener la cita para obtener la firma electrónica y el buzón tributario.

El RIF fue diseñado como una estrategia para que los pequeños comerciantes tuvieran un pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) gradual en 10 años para pasar al régimen general, pero ahora con el régimen de la administración López Obrador, el Resico, pueden inscribirse, pero requieren que la facturación sea generalizada para que no se vean afectadas sus actividades.

El presidente del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo (Monacoso), Alberto Vargas Lucio, solicitó al SAT apertura para dialogar sobre la situación que viven sus agremiados para que reciban la capacitación para declarar y puedan obtener la firma electrónica y su buzón tributario para cumplir con sus obligaciones tributarias.

“Muchos de los compañeros van a estar indefensos porque tienen que tener una contabilidad un poquito más seria de la que se tenía como RIF… y muchos compañeros no tienen firma electrónica, la página del SAT está muy deficiente ni siquiera se pueden hacer facturas y muchos ignoran lo que va a pasar y en un o dos meses se les requerirá el pago de impuestos, van a tener que contratar a un contador porque no es sencillo. Hemos tratado de hablar con el SAT y esperamos que en 2024 nos reciba”.

Alberto Vargas Lucio, presidente del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo

El presidente de ConComercioPequeño, Gerardo López Becerra, advirtió que ante las nuevas condiciones que vivirán los locatarios de mercados públicos se corre el riesgo de que unos 2 millones de locatarios puedan verse afectados y pasarse a la informalidad por darse de baje ante la nueva etapa fiscal que les complica sus operaciones y ser sujetos de supervisiones que posteriormente le causen una multa de la autoridad.

“No tenemos la estructura administrativa para pagar los impuestos como las grandes empresas, entonces al poner al micro y pequeño comercio en la misma liga de las grandes empresas se ponen en desventaja”.

Gerardo López Becerra, presidente de ConComercioPequeño

Vargas Lucio invitó al SAT a salir de los escritorios y acudir a los mercados públicos para ver la realidad que se vive en las cuestiones de facturación, ya que en la Central de Abastos y otros lugares no te entregan la factura y eso provoca que no se tengan los documentos para realizar las acreditaciones para el pago de impuestos en el IVA y el ISR.

Por último, solicitó a la autoridad una prórroga de 6 meses para transitar y conciliar la forma en que el sector debe pagar los impuestos correspondientes y apoyar la factibilidad del negocio.

Comerciantes piden al SAT prórroga en RIF – DNF

sábado, 9 de diciembre de 2023

UN RÉQUIEM PARA EL RIF...

UN RÉQUIEM para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que dejará de existir este 31 de diciembre de 2023. Diez años fue su duración beneficiando a los pequeños contribuyentes que no rebasaban el tope de venta anual de 300 mil pesos, exentando con ello el pago del Impuesto Especial Sobre Productos y Servicios (IEPS) del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Ahora a partir del 1 de enero del 2024 los RIF se convertirán en Personas Físicas con Actividades Empresariales con la opción de cambiarse al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), teniendo la obligación de presentar sus declaraciones cada mes (en vez de cada dos) y de presentar su declaración anual, además de cumplir con la activación de su Buzón Tributario y su Firma Electrónica. En las reuniones ordinarias del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo AC (MONACOSO) continuaremos dando información al respecto. AVL…

 

viernes, 20 de octubre de 2023

Ya no necesitas Constancia de Situación Fiscal para pedir factura

Por Yuridia Torres Miércoles 18 de Octubre de 2023

El SAT alerta sobre prácticas fiscales indebidas implementadas por diversos comercios, por ejemplo, tienen la obligación de emitir la factura en el momento de la compra y no pedirte que la realices tu desde su página web.

Si eres de las personas que frecuentemente solicita factura por las compras que realiza, debes saber que actualmente se reportan algunas prácticas indebidas para entregarte este documento.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a los contribuyentes que, para solicitar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura en la compra de productos o por la prestación servicios, no se requiere entregar al proveedor la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.

Esto se dio a conocer mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación este 18 de octubre.

El solicitar tu Constancia de Situación Fiscal es una práctica realizada por diversos comercios, y para ellos tiene la finalidad de revisar tu información fiscal para elaborar y entregarte la factura, sin embargo, no es obligación que les entregues este documento.

“El contribuyente que solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, por ejemplo, gastos en general o adquisición de mercancías”, informó el SAT en un comunicado de prensa.

A través de la factura, las personas físicas y morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que este documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.

De acuerdo con el SAT, en el Código Fiscal de la Federación se establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y también cuando el cliente lo requiera se deberá entregar su representación impresa.

“Por lo que también es una práctica fiscal indebida que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal”, advirtió el SAT.

¿Te ha pasado?

El SAT señala que estas dos acciones son prácticas fiscales indebidas:

Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.

Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo.

Para presentar una denuncia por alguna práctica irregular de este tipo, el SAT asegura que puedes enviar un correo electrónico a denuncias@sat.gob.mx y explicar tu situación, también tiene disponible las 24 horas del día, los 365 días del año e número de teléfono 55 8852 2222.

Ya no necesitas Constancia de Situación Fiscal para pedir factura (eleconomista.com.mx)

miércoles, 16 de agosto de 2023

¿Eres cliente de Sam's Club? Cuidado con esto

 Recuerda que es importante que siempre conserves tu ticket de compra, de lo contrario, no podrás realizar ningún movimiento o consulta, ni facturar ante el SAT

Como sabes, a partir de 01 de enero de 2023, se actualizó el esquema de facturación- del SATa la nueva versión CFDI 4.0. y por ello, es importante tome en cuenta cumplir con los nuevos requerimientos y atender los requerimientos fiscales.

Por ello, ahora, es necesario que los datos ingresados en los campos RFC, Razón Social, Código Postal y Régimen Fiscal coincidan con su Constancia de Situación Fiscal del SAT, en caso de existir alguna discrepancia, Sam's Club advirtió a sus clientes que su sistema no les permitirá completar el proceso.

Recuerda que, debido a la reforma fiscal para 2022 a partir del 01 de enero 2022 no se puede cancelar o corregir facturas emitidas en años anteriores.

Puntos a considerar para tu factura

Si es para cambio o ajuste en factura se enviará a tu correo electrónico en un lapso de 96 horas, posterior a que envíes tus datos.

Si es solicitud nueva de factura se enviará a tu correo electrónico en un lapso de 24 horas, posterior a que envíes tus datos y tu pedido esté en camino para entrega.

Una vez que se genere tu factura se enviará a tu correo electrónico, debes revisar carpeta de spam y/o correos no deseados, para encontrar tu factura

La factura se tramita en el mismo mes en que se realiza la compra, posterior a dicho periodo no podrá ser emitida. Por lo que se sugiere solicitarla durante la confirmación de tu compra. Para el caso de que requieras factura de los gastos de envío, Nueva Walmart de México será quien emita la factura correspondiente

Si solicitas tu factura posterior a los 30 días naturales de entrega, ésta ya no podrá ser emitida por el sistema de Sam's Club . Por lo que, debes tomar tus precauciones y solicitarla en cuanto recibas tu pedido.

¿Eres cliente de Sam's Club? Cuidado con esto | La Silla Rota.

sábado, 5 de agosto de 2023

¿Caza de brujas? Hechiceros y chamanes pagarán impuestos al SAT

POR: JOANA MAYE | EDITORA

¿Caza de brujas? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobrará impuestos a hechiceros, chamanes, curanderos, y demás personas que se dedican a hacer "trabajos" energéticos o con plantas medicinales.

El SAT amplió su catálogo de servicios y productos, y ahora permitirá que los hechiceros, chamanes y personas que se dedican a hacer trabajos con energía puedan emitir facturas. 

Los servicios de hechicería, curanderos, chamanes y trabajos con energía han sido incluidos en la división de salud, dentro del grupo de medicina alternativa y holística. 

Cada una de estas actividades cuenta con una clave asignada para efectuar la facturación. Según el SAT, es responsabilidad de quienes emiten la factura identificar la clave que corresponda de acuerdo con la naturaleza del producto o servicio.

​​En el catálogo, estos servicios se encuentran bajo el apartado de "Curanderos", y también se han registrado códigos para prácticas herbales, curas con algas marinas y aguas termales.

Los hechiceros, chamanes y demás personas que llevan a cabo estos procedimientos deben cumplir con sus obligaciones fiscales, asegurándose de que sus comercios estén debidamente registrados y contribuyendo con el pago de impuestos al SAT

Por otro lado, las personas que acudan a recibir estos servicios podrán deducirlos de impuestos utilizando la clave registrada en el SAT.

Cualquier contribuyente interesado en conocer una clave específica para algún tipo de servicio puede consultarla en el catálogo de servicios y productos en línea. 

Solo se necesita completar las categorías de tipo, división, grupo y clase para obtener la información necesaria.

¿Caza de brujas? Hechiceros y chamanes pagarán impuestos al SAT | Dinero en Imagen