El Servicio de Administración Tributaria
(SAT) informó que las personas físicas con actividad
empresarial cuyas ventas sean al público general y sus ingresos no rebasen los
100 mil pesos en el año, no pagarán el impuesto al valor agregado (IVA)
ni el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a partir del mes en curso.
El organismo recaudador destacó que el inicio de este nuevo régimen opcional para las personas físicas con ventas anuales al públicoen general tiene como propósito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa y evitar que operen en la informalidad.
Por ello, añadió, el Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100 mil pesos un descuento de 100 por ciento del IVA y del IEPS a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
El organismo recaudador destacó que el inicio de este nuevo régimen opcional para las personas físicas con ventas anuales al públicoen general tiene como propósito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa y evitar que operen en la informalidad.
Por ello, añadió, el Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100 mil pesos un descuento de 100 por ciento del IVA y del IEPS a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
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