En el último año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) eliminó el trámite en línea para la inscripción de personas físicas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) utilizando para ello la Clave Única de Registro de Población (CURP), un trámite que resultaba sencillo y conveniente para inscribirse a este padrón y, más aún, durante la pandemia de Covid-19 que impedía la aglomeración y promovía los trámites a distancia.
Este trámite estaba delineado en la ficha '3/CFF - Solicitud de
inscripción en el RFC de personas físicas con CURP', el cual contemplaba que
las personas físicas podrían inscribirse en el utilizando sólo su CURP, en la
dirección de Internet:
https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/28753/obten-tu-rfc-con-la-clave-unica-de-registro-de-poblacion-curp
A través de la Modificación al Anexo 1-A de la Tercera
Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2021,
esta ficha fue derogada.
La medida fue ampliamente criticada, sobre todo, por la
creciente falta de disponibilidad de citas para realizar este tipo de trámites.
No se conoció alguna postura oficial por parte de la autoridad
con respecto a la razón de su eliminación.
De manera indirecta, a través de la minuta de la Segunda Reunión
Trimestral 2022 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del
Contribuyente, del 9 de junio de 2022, ante una petición de reinstaurar este
servicio, la autoridad comenta que “con la finalidad de salvaguardar la
identidad de los contribuyentes, se eliminó la posibilidad de inscribirse a
través de la CURP en el Portal del SAT”.
Si bien esta resulta una justificación razonable, sobre todo
para evitar el alta de contribuyentes con una finalidad de utilizar indebidamente
el registro, también debe reconocerse que cortar de tajo el trámite ha generado
grandes problemas y retrasos en las actividades económicas de los
contribuyentes al poder registrarse y operar en la formalidad.
En lugar de eliminar de golpe el trámite, se pudieron haber
contemplado mecanismos adicionales de autenticación o identificación, también
en línea, que agreguen capas de seguridad al trámite y que la autoridad logre
controlar el uso de la herramienta a la vez que permite a los contribuyentes tener
un medio adicional para realizar este trámite.