miércoles, 7 de enero de 2026

Transferencias electrónicas bajo la lupa del SAT: cuándo hay multas y cuándo no

No se trata de un nuevo impuesto ni de una sanción automática, sino de un mayor control para detectar ingresos no declarados

Por Lorna Huitrón 06 Ene, 2026

Las transferencias electrónicas se han convertido en una herramienta esencial para la vida cotidiana y los negocios en México. Sin embargo, el inicio de 2026 marcó un punto de inflexión en la supervisión de estos movimientos, luego de que el Servicio de Administración Tributaria reforzara la vigilancia sobre los depósitos bancarios con el objetivo de combatir la evasión fiscal y el uso irregular del sistema financiero.

Mayor fiscalización, no un nuevo impuesto

Contrario a lo que ha circulado en redes sociales, el SAT no cobra impuestos ni multas por el simple hecho de realizar transferencias electrónicas. La autoridad fiscal aclaró que las sanciones solo aplican cuando el dinero recibido no puede justificarse o no ha sido declarado conforme a la ley.

El endurecimiento de la supervisión ocurre en paralelo con nuevas medidas de seguridad bancaria, como el Monto Transaccional del Usuario (MTU), un candado digital implementado por las instituciones financieras para prevenir fraudes.

Este mecanismo, recomendado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, fija límites a las transferencias y solicita validaciones adicionales cuando se superan ciertos montos. Aunque el MTU no genera multas fiscales, sí facilita el rastreo de operaciones inusuales.

Transferencias electrónicas bajo la lupa del SAT: cuándo hay multas y cuándo no - Infobae

 

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