viernes, 27 de diciembre de 2013

Amplían estímulos fiscales para cambio al Régimen de Incorporación



Finanzas - Viernes, 27 de Diciembre de 2013 15:35 
[Para obtener el estímulo, quienes decidan tributar en el RIF deberán cumplan con la obligación de proporcionar la información relativa a ingresos obtenidos y erogaciones realizadas. / Cuartoscuro / Archivo] 
Marcela Ojeda
 El Gobierno Federal determinó ampliar los estímulos fiscales a las personas físicas que decidan transitar al nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Quienes actualmente tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) pasarán automáticamente al Régimen de Incorporación Fiscal a partir de 2014, pero quienes son parte del Régimen Intermedio pueden optar por integrarse al RIF siempre que tengan ingresos menores a 2 millones de pesos al año. Además, quienes aún no tengan Registro Federal de Contribuyentes pueden tramitarlo e ingresar al RIF.

"Al estar en el Régimen de Incorporación Fiscal, serás un empresario responsable que cumple con sus impuestos, y tendrás la confianza de otras empresas que podrán trabajar contigo como proveedor de bienes o prestador de servicios", destaca el SAT en su sitio web.

Por el ejercicio fiscal 2014, quienes opten por tributar en el RIF tendrán un estímulo fiscal adicional consistente en una cantidad equivalente al 100 por ciento del IVA y del IEPS por la enajenación de bienes o prestación de servicios que se efectúen con el público en general.

Éste será acreditable contra el IVA o el IEPS, según se trate, que se deba pagar por dichas operaciones, de acuerdo con el Decreto presidencial que compila diversos beneficios fiscales y medidas de simplificación administrativa que entrarán en vigor el 1 de enero de 2014 y que se publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Ahí también se aclara que este estímulo está condicionado a que no se traslade al adquirente de los bienes o servicios alguna cantidad por concepto de IVA o IEPS y a que quienes decidan tributar en el RIF cumplan con la obligación de proporcionar la información relativa a los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones y la información de las operaciones con sus proveedores.

Hasta antes de este decreto, el incentivo para transitar al RIF consistía en descuentos graduales durante los próximos diez años en el pago del ISR, iniciando con una reducción del 100 por ciento el primer año y terminando con una de 10 por ciento en el décimo, para posteriormente entrar al régimen general.

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