Finanzas
- Viernes, 27 de Diciembre de 2013 15:35
[Para obtener el estímulo, quienes decidan
tributar en el RIF deberán cumplan con la obligación de proporcionar la
información relativa a ingresos obtenidos y erogaciones realizadas. /
Cuartoscuro / Archivo]
Marcela
Ojeda
El Gobierno Federal determinó ampliar los estímulos fiscales a las personas
físicas que decidan transitar al nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
Quienes
actualmente tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos)
pasarán automáticamente al Régimen de Incorporación Fiscal a partir de
2014, pero quienes son parte del Régimen Intermedio pueden optar por integrarse
al RIF siempre que tengan ingresos menores a 2 millones de pesos al año.
Además, quienes aún no tengan Registro Federal de Contribuyentes pueden
tramitarlo e ingresar al RIF.
"Al
estar en el Régimen de Incorporación Fiscal, serás un empresario responsable
que cumple con sus impuestos, y tendrás la confianza de otras empresas que
podrán trabajar contigo como proveedor de bienes o prestador de
servicios", destaca el SAT en su sitio web.
Por el
ejercicio fiscal 2014, quienes opten por tributar en el RIF tendrán un
estímulo fiscal adicional consistente en una cantidad equivalente al 100
por ciento del IVA y del IEPS por la enajenación de bienes o prestación de
servicios que se efectúen con el público en general.
Ahí también se aclara que este estímulo está condicionado a que no se traslade al adquirente de los bienes o servicios alguna cantidad por concepto de IVA o IEPS y a que quienes decidan tributar en el RIF cumplan con la obligación de proporcionar la información relativa a los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones y la información de las operaciones con sus proveedores.
Hasta antes de este decreto, el incentivo para transitar al RIF consistía en descuentos graduales durante los próximos diez años en el pago del ISR, iniciando con una reducción del 100 por ciento el primer año y terminando con una de 10 por ciento en el décimo, para posteriormente entrar al régimen general.
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