14 de Mayo de 2020
La autoridad fiscal sancionará a los contribuyentes con la suspensión de
los sellos digitales de forma temporal o definitiva
El Servicio
de Administración Tributaria (SAT) sorprendió a los contribuyentes con la
publicación de la primera modificación a la Resolución
Miscelánea Fiscal de este 2020, pues señala que a partir de hoy podrá
restringir la contraseña y evitar el acceso cuando detecte irregularidades en
su situación fiscal.
Hay
que recordar que la Resolución a la
Miscelánea Fiscal es un un documento donde se reúnen todos los cambios
y nuevas reglas establecidas por la autoridad fiscal.
La
norma indica los supuestos de cancelación de sellos digitales dictados en el Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de
la Federación a la contraseña, lo que quiere decir que la autoridad fiscal
restringirá esa forma de acceso cuando detecte que los contribuyentes compraron
facturas falsas o no puedan ser localizados.
En
este sentido, el fisco actuará cuando
detecte que una persona no puede ser encontrado en su hogar, cambió de
domicilio y no informó a la autoridad durante o después del proceso.
Además, el
SAT también actuará cuando determine que los comprobantes
fiscales presentados por el contribuyente se utilizaron para
operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
“Cuando
la autoridad fiscal identifica que el contribuyente se ubica en alguno de los
supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, podrá
restringir temporalmente la contraseña, hasta que el contribuyente aclare o
desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado”,
indica la Resolución.
El
integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de
México, Roberto Colín, reiteró
que con el cambio el fisco puede
bloquear la contraseña y sancionará a los contribuyentes con la suspensión de
los sellos digitales de forma temporal o definitiva.
“La
cancelación de sellos digitales ha traído dolores de cabeza a contribuyentes
porque no pueden facturar, ahora con la contraseña restringida, los
contribuyentes no van a poder hacer absolutamente nada hasta en tanto se
corrija su situación fiscal”, reiteró Colín en entrevista con el diario El Financiero.
Tiempo para
hacer la declaración anual
El
pasado 30 de abril, terminó el primer plazo para que los contribuyentes
presentaran su declaración anual para personas físicas; sin embargo, el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio un “respiro” a los contribuyentes y ofreció una nueva fecha para
llevar a cabo dicho proceso.
Las
fallas en el sistema del SAT es uno de los principales motivos para aplazar el
procedimiento de presentar la cantidad de ingresos anual del contribuyente, por
lo que el plazo se extendió hasta el
próximo 30 de junio.
Pese
a que la declaración anual se puede realizar por Internet, el organismo fiscal
también se encuentra dando atención a los ciudadanos en sus 55 oficinas
disponibles en el país, y por medio de 81 módulos tributarios.
A través de
un comunicado, la dependencia reiteró que el tiempo fue extendido, luego de que
la página SAT-ID (satid.sat.gob.mx),
fue saturada por el número de solicitudes.
El
SAT ID fue creado tras el decreto de la Fase 3 de coronavirus en México, y con
dicha herramienta el contribuyente podrá realizar una serie de trámites y
evitar el acto presencial en oficinas.
Con
la aplicación los contribuyentes podrán generar y actualizar su contraseña
desde su teléfono celular o computadora y para ello deberá realizar los
siguientes pasos.
*Ingresar
a la página de internet: https://satid.sat.gob.mx.
*Una
vez ahí, el interesado deberá tener a la mano una identificación vigente con
fotografía.
En
menos 10 minutos se puede crear dicha contraseña, que el interesado necesitará
para realizar diversos trámites, entre ellos, la declaración de impuestos.
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/05/14/sat-bloqueara-su-contrasena-a-contribuyentes-irregulares/?fbclid=IwAR1Sv_d1V6FwjZlZfD5A6woXVFxqK_NOofUw3W1jA05naINg9LfuKzVtg-I
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