jueves, 14 de noviembre de 2024

Lista completa de todos los impuestos que subirán en 2025


 En el 2025 habrá aumentos en diferentes productos y servicios, por lo que los impuestos también estarán incluidos en la lista. Te contamos cuáles subirán.

Actualizado el 13 noviembre 2024

Como cada año, los costos de las multas y los impuestos subirán en todo México. El 2025 no será la excepción y ya se prevé un ajuste al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para determinar el nuevo precio.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) se encarga de dar a conocer la actualización del valor de la UMA , el cual entra en vigor a partir del 1 de febrero. Primero es importante conocer qué es y cómo se calcula.

Qué es la UMA y cómo se calcula para los impuestos

El INEGI señala que la UMA es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales. Es decir, es el parámetro que se utiliza para medir las multas, los impuestos, los trámites de gobierno, los créditos y las prestaciones.

En el 2024, la UMA tuvo un valor diario de $108.57 pesos, mensual de $3,300.53 pesos y anual de $39,606.36 pesos. Para el 2025, su valor se ajustará de acuerdo a la inflación, por lo que podría incrementar entre un 3% y un 5%. Por ejemplo, del 2023 al 2024 incrementó en un 4.66%.

Impuestos que subirán en 2025

Los impuestos son aportaciones obligatorias que hacen las personas al Estado. Hay diferentes tipos de impuestos en México, pero se dividen en dos grandes grupos, directos e indirectos.

Los impuestos directos serán aquellos en los que podremos observar el incremento para el próximo año de acuerdo con el valor de la UMA . Se cobran a personas físicas y a las empresas.

  • Impuesto sobre la renta (ISR)
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
  • Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)
  • Impuesto por Tenencia Vehicular
  • Impuesto Predial
  • Impuesto Sobre la Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio

Multas que aumentarán en 2025

Al igual que los impuestos, las multas se miden con la UMA. Cuando esta aumente en febrero de 2025, todas las demás multas lo harán. Una de las más comunes es la del Hoy No Circula, así como cualquier otra por incumplir con el reglamento de tránsito.

¿Qué pasa si no pagas impuestos?

El Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) establece que el incumplimiento en el pago de impuestos puede ser sancionado con multas económicas, congelación de cuenta bancaria y suspensión temporal para generar facturas y cobrar ingresos.

La evasión de algunos tipos de impuestos incluso es considerado como un delito penal, por lo que de no cumplir con ellos incluso se podría terminar en la cárcel.

Lista completa de todos los impuestos que subirán en 2025

sábado, 9 de noviembre de 2024

EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 FINALIZA EL CICLO DEL RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF)

A partir del uno de enero del 2025 los RIF tendrán que migrar al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y empezar a declarar cada mes.

El RESICO fue implementado el 1 de enero de 2022, reemplazando al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para personas físicas. Este régimen ofrece múltiples ventajas, incluyendo el cálculo automático de impuestos, facilidades administrativas, declaraciones programadas y tasas reducidas del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin embargo, antes de que finalice el año, se introducirán las siguientes reformas:

  • Eliminación de la Declaración Anual 2024: Los contribuyentes ya no tendrán que presentar esta declaración.
  • Presentación de declaraciones mensuales: Solo será necesario presentar las declaraciones mensuales.
  • Inclusión de nuevos contribuyentes: Las personas que son socios o accionistas de uniones de crédito podrán tributar en el RESICO.
  • Sociedades cooperativas: Aquellos que pertenezcan a sociedades cooperativas de producción dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas también podrán tributar en este régimen.

stas reformas se incluirán en la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 y se ajustarán en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


lunes, 28 de octubre de 2024

Reportan falla en SAT: registra revocación masiva de e.firma

De acuerdo con contadores y fiscalistas es factible que haya problemas para presentar declaraciones y avisos, así como emitir y cancelar facturas, entre otros procesos.

Lunes 28 Oct 2024, Agencia Reforma

Ciudad de México.- El sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) registra aparentes fallas este lunes al arrojar una revocación masiva de firmas electrónicas de personas físicas y morales en todo México, sin que la autoridad fiscal haya emitido un comunicado oficial hasta ahora.

De acuerdo con contadores y fiscalistas, en tanto no se corrija esta falla, es factible que haya problemas para presentar declaraciones y avisos, así como emitir y cancelar facturas, entre otros procesos.

Entre las afectaciones registradas durante las primeras horas de la mañana se reporta la imposibilidad de facturar con Firma Electrónica Avanzada (FIEL).

En todos los casos, la revocación de la e.firma aparece con fecha del 23 de octubre pasado a las 12:00 horas.

Especialistas recordaron que para la revocación de la e.firma se requiere acudir físicamente al SAT, a diferencia de la renovación, que sí se hace en línea.

Ante ello, recomendaron esperar una actualización del sistema del SAT para resolver las fallas y no generar pánico de llamar a solicitar citas para tener una nueva e.firma.

Reportan falla en SAT: registra revocación masiva de e.firma

lunes, 7 de octubre de 2024

Anuncia el SAT nuevas facilidades para el Resico

Servicio de Administración Tributaria | 03 de octubre de 2024 | Comunicado

A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) simplifica los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma), además otorga facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.

Trámites del RFC y e.firma

En el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.

Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, solo se requiere presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, toda vez que ya no es necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.

ara la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el trámite por los canales remotos y, en caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella digital.

Constancia de Situación Fiscal

Se puede obtener en las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.

Se habilita la Cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, la cual se puede consultar en:

https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Los contribuyentes que tributan en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

Con estas acciones el SAT refrenda su compromiso para agilizar los trámites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota.

¡Contribuimos al bienestar de México!

SAT simplifica trámites y brinda facilidades a los contribuyentes (https_www.gob.mx)

martes, 17 de septiembre de 2024

Correos falsos identificados


 Conoce el nuevo buscador de correos falsos

Para facilitarte la identificación de algún correo electrónico que sospeches pueda ser falso, hemos incorporado en gobmx un buscador en el cual, de manera sencilla y accesible, puedes verificarlo. Sólo sigue estos pasos:

1.    Ingresa a https://www.gob.mx/sat / Ligas de interés y da clic en el banner Buscador de correos falsos

2.    Captura la dirección de correo que necesites verificar y da clic en el botón Buscar.

            Si aparece “Registrado como correo falso”, ¡no descargues ningún archivo!

En caso de que no aparezca la dirección de correo que ingresaste, pero consideras que puede tratarse de un correo electrónico falso, repórtalo a denuncias@sat.gob.mx

Correos falsos identificados - Últimas noticias - Portal de trámites y servicios - SAT

martes, 6 de agosto de 2024

El SAT dejará fuera a estos contribuyentes

Omitir el cumplimiento de tres pagos mensuales, la declaración anual y no activar el buzón tributario podrían ser causas para dejar de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza

Por CLAUDIA JUÁREZ Escrito en DINERO el 5/8/2024

Ya sea personas físicas o morales, pueden estar en el régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y para ello deben cumplir requisitos básicos como estar activos en el RFC, estar al corriente con sus obligaciones fiscales, no encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación. presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual o tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año, pero debes ser cauto y cuidadoso porque el SAT dejará fuera a estos contribuyentes.

Los contribuyentes que incumplan con los requisitos no podrán tributar en los términos de este régimen, por lo que en caso de requerir orientación respecto de la situación fiscal, los usuarios pueden utilizar  los medios de contacto: OrientaSAT a través del Portal del SAT.

5 requisitos para darte de alta en Resico

El RESICO ofrece múltiples beneficios a los contribuyentes, como el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre ingresos efectivamente cobrados, deducción de inversiones, prellenado de declaraciones de ISR, además de no presentar declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) ni contabilidad electrónica.

  1. Tienes que dedicarte a alguna actividad empresarial, prestar un servicio profesional independiente, dedicarte al arrendamiento de bienes inmuebles o bien dedicarte a alguna actividad primaria
  2. Tus ingresos no pueden rebasar de la cantidad de 3 millones y medio de pesos al año
  3. No puedes ser socio, accionista o integrante de una persona moral
  4. Debes contar con e.firma y buzón tributario activado
  5. Tienes que estar al día con el cumplimento de tus obligaciones fiscales

Recuerda que las personas físicas deben cumplir con sus obligaciones fiscales para que continúen con los beneficios que brinda el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), como:

El SAT dejará fuera a estos contribuyentes | La Silla Rota

jueves, 25 de julio de 2024

SAT: El requisito que deben cumplir los contribuyentes antes del 2025; recibirán multa de 11,000 pesos

Existe un requisito que todos los contribuyentes deben acatar antes de 2025, de lo contrario podrían ser acreedores de una multa económica, aquí te contamos los detalles

En nuestro país los mexicanos tienen la obligación de cumplir con sus responsabilidades y las que están relacionadas con el fisco sin lugar a duda, pueden traer severas consecuencias si no se cumple con ellas. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la entidad que se encarga de la recaudación de impuestos como el ISR, el cual deben pagar todos los trabajadores, por lo cual aquí te contamos cuál es el requisito que deben cumplir los contribuyentes antes de 2925 o recibirán una multa de 11,000 pesos.

En este sentido, el SAT es un órgano descentralizado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el cual cobra y administra los impuestos federales como el Impuesto Sobre la Renta (ISR), EL Impuesto de Valor Agregado (IVA) o el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), entre otros. 

De este modo, hay un requisito que todos los contribuyentes deben acatar antes de 2025, de lo contrario podrían ser acreedores de una multa económica, aquí te contamos los detalles. 

¿Cuál es el requisito que deben cumplir los contribuyentes antes de 2025 para no recibir multa de 11,000 pesos?

Con base en información publicada por el Servicio de Administración Tributaria aquellos contribuyentes que no habiliten el Buzón Tributario podrían recibir una multa que va de los 3,850.00 a los 11,540.00 pesos. De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, a la infracción en materia de no habilitación del Buzón Tributario, no registro o no actualización de los medios de contacto es motivo para ser sancionado con esta multa.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que no tienen activo su Buzón Tributario tendrán oportunidad de evitar esta multa de hasta 11,000 pesos, pues la aplicación de dicha sanción se extiende prórroga hasta el 1 de enero de 2025. En tanto, si todavía no habilitas tu Buzón Tributario, debes hacerlo lo antes posible en este enlace y mantener actualizados tus medios de contacto.

“Para la aplicación de dicha sanción se extiende prórroga hasta el 1 de enero de 2025, de conformidad con el artículo transitorio Cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023”, informó el SAT. 

SAT: El requisito que deben cumplir los contribuyentes antes del 2025; recibirán multa de 11,000 pesos | La Silla Rota

miércoles, 10 de abril de 2024

Reunión de MONACOSO con la SEDECOCMX con el tema de la venta de animales vivos en los Mercados Públicos

Ciudad de México, 10 de abril de 2024.- En las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México (SEDECO) se llevó a cabo una reunión informativa y de trabajo que fue presidida de parte de la SEDECO por el Lic. Jesús Salinas Rodríguez, Titular de la Dirección Ejecutiva Jurídica y Normativa y el Ing. Julio Cesar Hernández, Titular de la Dirección de Regulación y Mejoramiento de los Canales de Distribución, por parte de MONACOSO Juan Mendoza Islas Secretario de Prensa y Comunicación y Alberto Vargas Lucio, Presidente. También nos acompaño la MVZ Aida Álvarez, líder y representante del Colegio de Veterinarios de la Ciudad de México, así como compañeros comerciantes de los Mercados Sonora. Nuevo San Lázaro, Emilio Carranza y Robles Domínguez; todos ellos con la venta de animales vivos.

Durante la reunión el Lic. Salinas nos mencionó que lo publicado el pasado 27 de marzo en la Gaceta Oficial en donde el Congreso de la Ciudad de México en donde queda manifestado que se Reforman Deroga y Adicionan Diversas Disposiciones de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, nos expreso que en esa publicación no se altera la actividad de la venta de animales vivos en los Mercados Públicos, salvo que las faltas a las que recurran relacionadas con maltrato animal sean exageradas y de ser así no habría impedimento legal para que se aplicara lo que dice la Ley. Por su parte el Ing. Julio Cesar nos sugirió que sería conveniente volver a tener una segunda reunión con la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT) para aterrizar con ella preguntas y propuestas en relación al tema de protección animal, también nos dijo que una vez realizada esa segunda reunión, en la SEDECO se encargarían de promover una reunión virtual en donde estuvieran conectados la PAOT, SEDEMA, AGATAN, GOBIERNO CENTRAL y la SEDECO,  con MONACOSO y los comerciantes y personas que estén relacionadas con la venta de animales vivos. AVL…

jueves, 21 de marzo de 2024

Piden reforma fiscal para formalizar a 32 millones de trabajadores


Comerciantes y asociaciones solicitan discusión en el Senado

20 marzo 2024 Redacción Nacional

Ciudad de México, México, 20 de marzo 2024. Representantes de comerciantes, asociaciones y senadores coincidieron en que es necesario poner en marcha acciones para que las más de 32 millones de personas que trabajan en la informalidad pasen al empleo formal, a fin de que cuenten con derechos y seguridad social.

Durante el foro “Impacto de la informalidad en el empleo”, el senador Francisco Javier Salazar Sáenz dijo que, para atender a estos trabajadores, es necesario hacer una reforma fiscal que permita integrarse al sistema formal de manera fácil, que la misma persona pueda hacer el trámite sin la necesidad de un contador, además de que el gobierno disminuya impuestos patronales.

Javier Salazar dijo que continuará con este tipo de encuentros que tienen el objetivo de “dar a conocer el problema muy grave que tiene este país y que está siendo ignorado por parte del gobierno, que hay 32 millones de mexicanos que viven en la informalidad laboral”.

Como “los grandes trabajadores que son, no son flojos, no están pidiendo que les resuelvan y que les den limosna, lo que quieren es que los dejen trabajar en la formalidad”, explicó el legislador del PAN.

El senador José Alfredo Botello Montes, del PAN, afirmó que los trabajadores formales e informales son complementarios, “no son enemigos”, por ello se debe buscar la manera de dignificar a quienes ejercen actividades productivas, pero que pasen a un esquema de derechos y responsabilidades.

El presidente de ConComercioPequeño y Empresa Familiar, Gerardo López Becerra, refirió que en México hay 32 millones 141 mil personas trabajadoras en la informalidad. Entre los factores que incentivan el crecimiento de este esquema esta la facilidad de contratación sin estudios y la falta de oportunidades para acceder a un empleo formal.

Agregó que, existe una demanda de trabajo en el comercio informal por parte de jóvenes y mujeres por la flexibilidad del horario, ya que es compatible con sus estudios, y en el caso de las mujeres, les permite cumplir con sus responsabilidades en el hogar.

López Becerra subrayó que, en el pequeño comercio y en el sector informal se les da empleo a los migrantes que llegan a nuestro país y que van en tránsito hacia Estados Unidos, “este es un nuevo fenómeno que se está dando y no hemos visto el impacto que va a tener en el empleo, porque estamos teniendo un desplazamiento en la mano de obra”.

En ese contexto, consideró que la informalidad “no es la salud del sistema productivo ni laboral”, por ello, las autoridades y los comerciantes deben buscar mecanismos para que, en lugar de que se incremente el número de mexicanos en dicho esquema, se disminuyan sustancialmente y pasen a la formalidad.

Rubén López Malo, presidente del Instituto de Política Laboral, coincidió en realizar una reforma fiscal que apoye e incentive a pequeños locatarios y comerciantes; además que permita a los más de 32 millones de trabajadores informales incorporarse a un régimen para que puedan pagar impuestos.

Por su parte, Alberto Vargas Lucio, presidente del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo, dijo que en los más de cuatro mil mercados que hay en el país, se enfrentan al comercio informal y al ambulante, pero es indispensable que los mismos locatarios cumplan con sus obligaciones y que las autoridades apoyen en la realización de los trámites correspondientes.

Piden reforma fiscal para formalizar a 32 millones de trabajadores (vertigopolitico.com)

viernes, 1 de marzo de 2024

Prodecon sugiere al SAT no obligar a personas físicas del RESICO a llevar contabilidad

Historia de Agustín Gordillo

La Procuraduría tuvo conocimiento de la incertidumbre jurídica que enfrentan las personas físicas que tributan en el RESICO

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente publicó un análisis sistémico, en el que sugiere al Servicio de Administración Tributaria (SAT) no obligar a las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) a llevar contabilidad.

De acuerdo con el análisis sistémico, la Prodecon, en el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, tuvo conocimiento de la incertidumbre jurídica que enfrentan las personas físicas que tributan en el RESICO.

Lo anterior es porque con el RESICO se pretendió otorgar una máxima simplificación en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, por lo que no estableció la obligación de llevar contabilidad para efectos del ISR.

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Pero las personas físicas del RESICO si están sujetas a llevar contabilidad para efectos del IVA y del IEPS.

El análisis sistémico indica que el SAT, a través de la Regla 3.13.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, releva expresamente a las personas físicas que tributan en el RESICO de enviar la contabilidad electrónica, no obstante, no los exime de llevarla.

Lo anterior, genera incertidumbre e incongruencia entre lo establecido en las disposiciones fiscales, ocasionando que la facilidad otorgada a las personas físicas que tributan en el RESICO, no pueda aplicarse efectivamente cuando se trata de contribuyentes sujetos al IVA y, en su caso, al IEPS, lo cual implicaría a gran parte del padrón de contribuyentes personas físicas del RESICO.

Por eso, la Prodecon considera que el hecho de que la autoridad fiscal no haya emitido una regla de carácter general que releve a los contribuyentes personas físicas del RESICO de la obligación de llevar contabilidad, cuando se encuentren sujetos al pago del IVA y, en su caso del IEPS, afecta considerablemente a los pagadores de impuestos. Esto se debe a que deberán cumplir con mayores cargas, que no son acordes a su menor capacidad administrativa y de gestión, encontrándose en la necesidad de contratar una persona para que les lleve la contabilidad, lo que imposibilita que se cumpla con la intención del régimen, consistente en facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Puedes ver el análisis sistémico que publicó la Prodecon aquí / Fecha de publicación: 13 de febrero de 2024.

Prodecon sugiere al SAT no obligar a personas físicas del RESICO a llevar contabilidad (msn.com)

 

lunes, 22 de enero de 2024

Se confirmó la noticia que afectará a millones de trabajadores en México


Se trata de un impuesto al ahorro que ha traído mucha polémica en la sociedad mexicana.

MUNDO Por Rodolfo Barrera lunes, 22 de enero de 2024 


En las últimas horas, los trabajadores de México recibieron una noticia que puede afectar su situación económica y es que desde el Servicio de Administración Tributaria, organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda, confirmó que habrá un incremento en un impuesto, afectando la posibilidad de ahorrar más dinero. De esta manera, muchos empleados y ciudadanos del vecino país, verán cómo un porcentaje de lo que guarden será retenido. A continuación, te contamos los detalles de esta medida polémica y que ha causado fastidio.

El Servicio de Administración Tributaria es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que es la máxima autoridad fiscal responsable del cobro de impuestos en México. A su vez, es la encargada de controlar que todos los ciudadanos paguen sus impuestos, como así también de anunciar la suba en los impuestos, tal como lo hizo recientemente con una medida que afectará en gran medida a los trabajadores.

Lo más probable es que todos los trabajadores ahorren parte de su sueldo para luego en un futuro usarlo para sus vacaciones, algún gasto importante, entre otras cuestiones. Sin embargo, el Gobierno de México anunció la creación de un nuevo impuesto y se trata del impuesto al ahorro y es que forma parte del Paquete Económico 2024, que incluirá un importe al ahorro.

Para saber en qué consiste este impuesto al ahorro que incidirá en la economía de los trabajadores es que si, por ejemplo, por mes ahorran 1000 pesos, van a tener un rendimiento de 80 pesos y el Servicio de Administración Tributaria se quedará con un porcentaje, en realidad se trata de la retención del Impuesto sobre la Renta.

De esta manera, la Ley de Ingresos estipulará que este aumento en el impuesto al ahorro en los trabajadores, será nueve veces mayor al porcentaje 2023, por lo que el Servicio de Administración Tributaria va a retener el 1, 48% mensualmente, teniendo esa tasa hasta el final del 2024. Para calcular esto, se recomienda multiplicar la cantidad que exceda los 15 mil pesos por una tasa del 3% y el porcentaje de dinero retenido será mayor.

Se confirmó la noticia que afectará a millones de trabajadores en México - Terra